La ley 10/2001 del Plan Hidrológico Nacional (PHN) incluyó en el marco jurídico español el establecimiento de reservas hidrológicas por motivos ambientales. Como un subtipo de estas reservas hidrológicas, el texto refundido de la Ley de Aguas, en la modificación dada por la Ley 11/2005, por la que se modifica la Ley del PHN, concreta el concepto de Reserva Natural Fluvial (RNF) con la finalidad de preservar, sin alteraciones, aquellos tramos de ríos con escasa o nula intervención humana, estableciendo que estas reservas se circunscribirán estrictamente a los bienes de dominio público hidráulico. Posteriormente el Real Decreto 638/2016, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH) establece el régimen jurídico de las reservas hidrológicas por motivos ambientales, su definición y tipología, el procedimiento para su declaración así como las disposiciones para la protección y gestión de estos tramos de río, estableciendo el Catálogo Nacional de Reservas Hidrológicas.
La Dirección General del Agua (DGA) ha impulsado la declaración de 135 RNF, declaradas por Acuerdos del Consejo de Ministros en 2015 y 2017, y recogidas en el Catálogo Nacional de Reservas Hidrológicas.
En cumplimiento de la mencionada normativa, durante estos últimos años se han llevado a cabo trabajos de caracterización de las RNF declaradas y se han establecido medidas de gestión para cada una de ellas, consensuadas con los diferentes agentes implicados y supervisadas por las distintas Confederaciones Hidrográficas u otras autoridades competentes. Los documentos de medidas de gestión constituyen la base de referencia para la redacción del presente proyecto, y permitirá avanzar en la implantación de las medidas que correspondan a la Administración General del Estado y sus Organismos de cuenca.
La finalidad de estos trabajos es la conservación y la puesta en valor de las Reservas Naturales Fluviales en la cuenca del Segura, así como de otros tramos que, sin estar declarados RNF, poseen un alto valor que es necesario preservar. Por otro lado, las RNF por su situación inalterada, constituyen un escenario privilegiado para valorar los impactos causados por el cambio climático en los ecosistemas fluviales.
Las actuaciones previstas en estos tramos de río son, entre otras: