Resumen
La Red Nacional de Vías Pecuarias, creada en el artículo 18 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias, se desarrolla reglamentariamente para definir a nivel estatal las cañadas reales y vías de otra índole que la integran, garantizando su continuidad por todo el territorio peninsular, así como los procedimientos e instrumentos de gestión y difusión de la Red Nacional, de acuerdo con el marco de competencias distribuidas entre las CCAA y el MITECO.
El texto propuesto se estructura en parte expositiva, diecinueve artículos, tres disposiciones adicionales, tres disposiciones finales y 3 anexos organizados en tablas que recogen estos trazados. El capítulo I contiene las disposiciones generales, incluyendo la coordinación y cooperación interadministrativa que se requiere en materia de vías pecuarias, el capítulo II tratan los conceptos generales que definen la Red Nacional de Vías Pecuarias y establecen sus objetivos y fines. La gestión de la Red Nacional se aborda en el capítulo III, detallando aspectos como su elaboración, administración, mantenimiento y actualización; el Programa de Acción de la Red Nacional de vías pecuarias se trata en el capítulo IV, la difusión de la información asociada a la Red nacional de Vías pecuarias en el capítulo V, y, por último, la regulación del Fondo Documental de Vías Pecuarias constituye el capítulo VI.
Pese a que un proyecto similar ha pasado por este trámite de información pública, se somete de nuevo a información pública el presente texto de Proyecto de Real Decreto, al objeto de seguir íntegramente el procedimiento previsto para planes, programas y disposiciones de carácter general relacionados con el medio ambiente en los artículos 16 y 18 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente y el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 18 de julio, de Gobierno.
Termini de remissió
Termini per presentar documents des del dia dijous, 14 de de novembre de 2024 fins al dia dijous, 05 de de desembre de 2024
Presentació d'al·legacions
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones u otros colectivos e instituciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus comentarios y contribuciones sobre los aspectos planteados en este documento a través del siguiente correo electrónico: bzn-sgpf@miteco.es
Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.
Documentación del procedimiento
Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba la Red Nacional de Vías Pecuarias