Resumen
Actualmente la normativa que regula los gases fluorados y sustancias que agotan la capa de Ozono, establece medidas destinadas a reducir sus emisiones en la fase de uso principalmente, por lo que procede complementarlas con los requisitos técnicos establecidos en la primera parte del presente proyecto de Real Decreto, aplicables a las fases de producción, recuperación y destrucción de estas sustancias al final de su ciclo de vida. De esta manera, un primer objetivo de este Proyecto de Real Decreto es especificar requisitos y valores límites aplicables, para la prevención de las emisiones accidentales y de subproductos, de acuerdo a lo previsto en el artículo 12 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, a las actividades de producción y de destrucción de estas sustancias, ya incluidas como actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera en el anexo del Real Decreto 100/2001, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación.
Por otro lado, el 26 de junio de 2010 entró en vigor el Real Decreto 795/2010, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan. Este Real Decreto incorporó al ordenamiento jurídico español requerimientos del Reglamento (CE) nº 842/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo, sobre determinados gases fluorados de efecto invernadero, y del Reglamento (CE) nº 1005/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de Septiembre de 2009, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono. Asimismo introdujo una serie de regulaciones específicas, fundamentalmente en lo que se refiere a equipos de refrigeración y climatización no fijos y a distribución y utilización de fluidos basados en gases fluorados.
Otro objetivo del presente proyecto Real Decreto es modificar algunos aspectos del Real Decreto 795/2010, de 16 de junio.
En este sentido en aplicación del artículo 16 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, el presente Proyecto de Orden Ministerial se sometió al trámite de información públicadesde el 6 de julio al 6 de septiembre de 2012, ambos inclusive.
Termini de remissió
Termini per presentar documents des del dia divendres, 06 de de juliol de 2012 fins al dia dijous, 06 de de setembre de 2012