El compost es el material resultante de la descomposición aerobia de la materia orgánica recogida separadamente mediante el proceso de compostaje. Es un material orgánico, higienizado y estable, de color oscuro y olor a tierra, libre de patógenos, semillas, malas hierbas y impropios (trozos de vidrio plásticos, etc.) y no atrae insectos o vectores como hierbas, que puede resultar beneficioso para el suelo y/o el desarrollo de las plantas.
Como enmienda orgánica aporta muchos importantes beneficios al suelo:
Las características físicas, químicas y biológicas del compost permiten que este material se pueda utilizar en distintos ámbitos y actividades obteniendo resultados muy positivos:
Los usos del compost quedan regulados por el Real Decreto 824/2005, de 8 de julio, sobre productos fertilizantes que tiene por objeto establecer la normativa básica en materia de productos fertilizantes y los procedimientos necesarios de coordinación con las comunidades autónomas.
Para los abonos derivados de materia orgánica biodegradable (grupo 2 del RD), además de la necesidad inscribirse en el Registro de productos de fertilizantes, se regula el origen, composición, trazabilidad y ausencia de efectos nocivos. Y establece tres calidades diferenciadas (A, B, C) según sus posibles usos, en función del contenido de metales pesados, limitando los productos de la clase C en aplicaciones sobre suelos agrícolas en dosis superiores a cinco toneladas de materia seca por ha. y año.
En la actualidad, a nivel comunitario se está estudiando la aplicación del criterio fin de la condición de residuo al compost/digestato. Dicho estudio contempla qué criterios se deberán cumplir para asegurar que el compost obtenido pueda ser considerado producto y no residuo.