Entidades de Supervisión

El Reglamento EUTR brinda la posibilidad a los agentes de que ejerzan la diligencia debida a través de una entidad de supervisión, siempre y cuando esté debidamente autorizada y reconocida por la Comisión Europea. Estas entidades de supervisión son organizaciones privadas que solicitan este reconocimiento a la Unión Europea para proporcionar a los agentes la posibilidad de:

  1. mantener y evaluar con regularidad su sistema de diligencia debida;
  2. verificar que utilizan adecuadamente el citado sistema,
  3. adoptar las medidas oportunas en caso de que no estén utilizando adecuadamente el sistema de diligencia debida desarrollado por la Entidad.

Los agentes EUTR pueden elegir una entidad de supervisión que establezca y controle su sistema de diligencia debida entre las entidades reconocidas por la Comisión Europea. 

Las entidades de supervisión, además de ofrecer servicios para ayudar a las empresas a ejercer la diligencia debida, también ofrecen otro tipo de auditorías, certificaciones, sellos de calidad, etc. como certificaciones de Responsabilidad Social Corporativa, Certificaciones en Cadena de Custodia o Certificación de Gestión Forestal Sostenible que, en ningún caso, pueden sustituir al sistema de diligencia debida. Para más información sobre certificación forestal pulse aquí

Hasta la fecha, la Comisión Europea ha designado 11 entidades de supervisión, de las cuales sólo 7 pueden actuar en España. El listado de las entidades de supervisión se puede encontrar en el siguiente enlace


La Comisión puede decidir retirar el reconocimiento de una organización de supervisión que deje de cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) nº995/2010.Tal decisión se adoptó con Timberchecker en diciembre de 2021.


Se puede encontrar información sobre el proceso de reconocimiento de las entidades de supervisión en la página web de la Comisión Europea.