Summary
El Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, incorporó al ordenamiento jurídico nacional la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000, lo que suponía, entre otras cuestiones, la prohibición del uso de plomo, mercurio, cadmio o cromo hexavalente en los materiales y componentes de los automóviles, con las excepciones, condiciones y fechas para su aplicación que se concretan en su anexo I.
La reciente publicación de la Directiva Delegada (UE) 2023/544 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2022, ha modificado el anexo II de la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000, en el que se relacionan los materiales y componentes exentos de dicha prohibición.
Los cambios que se introducen se concretan en el establecimiento del 1 de enero de 2028 como la fecha de expiración de la exención contemplada en el punto 2.c).i) para la utilización del plomo en las aleaciones de aluminio para fines de mecanizado; en fijar una nueva fecha para la revisión de dicha exención contemplada en el punto 3, para el uso del plomo en las aleaciones de cobre, ampliándola hasta el año 2025; y por otro lado en revisar la exención establecida en el punto 5.b) relacionada con el plomo en baterías, dividiéndola en dos rúbricas diferenciadas.
Para incorporar estos cambios al marco jurídico nacional, se hace necesario modificar en el mismo sentido el anexo I del Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, lo cual se realiza mediante el proyecto de orden ministerial que se somete a información pública.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se pone a disposición de los interesados el proyecto de orden ministerial por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, a efectos de recabar su opinión respecto de su contenido, y se les facilita un formulario donde reflejar sus observaciones y comentarios
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones, cumplimentadas en el formulario que se adjunta, que deberá dirigirse al siguiente buzón de correo electrónico: bzn-sug_Residuos@miteco.es
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté claramente identificado (nombre y dirección de la organización o persona, teléfono de contacto y correo electrónico).
El plazo para remitir sugerencias finalizará el 11 de abril de 2023, inclusive.
Muchas gracias por su colaboración.
Documentos que se adjuntan:
Remission deadline
Deadline for submitting documents from Monday, March 27, 2023 until Tuesday, April 11, 2023