Extracto de términos definidos en el artículo 2 del Reglamento:
Materias primas relevantes
Ganado bovino, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera.
Productos relevantes
Los productos enumerados en el anexo I que contienen, hayan sido alimentados o hayan sido elaborados utilizando materias primas pertinentes.
Deforestación
La conversión de los bosques para destinarlos a un uso agrario, independientemente de si es de origen antrópico o no.
Degradación forestal
Los cambios estructurales de la cubierta forestal, que adoptan la forma de conversión de:
a) bosques primarios o bosques de regeneración natural en plantaciones forestales o en otras superficies boscosas, o
b) bosques primarios en bosques de repoblación.
Libre de deforestación
a) Los productos pertinentes que contengan materias primas pertinentes, o hayan sido alimentados o elaborados con ellas, producidas en tierras que no hayan sufrido deforestación después del 31 de diciembre de 2020.
b) En el caso de los productos pertinentes que contengan madera o hayan sido elaborados con madera, que la madera se haya aprovechado del bosque sin provocar su degradación después del 31 de diciembre de 2020.
Operador
Toda persona física o jurídica que, en el transcurso de una actividad comercial, introduzca los productos pertinentes en el mercado o los exporta.
Introducción al mercado
La primera comercialización de una materia prima o un producto relevante en el mercado de la Unión.
Comerciante
Toda persona de la cadena de suministro distinta del operador que, en el transcurso de una actividad comercial, comercializa los productos pertinentes.
Comercialización
Todo suministro de un producto relevante para su distribución, consumo o utilización en el mercado de la Unión Europea en el transcurso de una actividad comercial, ya se produce el suministro de manera remunerada o gratuita.
Geolocalización
La ubicación geográfica de una parcela de terreno determinada mediante las coordenadas de latitud y longitud correspondientes al menos a un punto de latitud o longitud y usando al menos seis dígitos decimales. Para parcelas de terreno de más de cuatro hectáreas utilizadas para la producción de las materias primas pertinentes distintas del ganado bovino, se proporcionará utilizando polígonos, con suficientes puntos de latitud y longitud para determinar el perímetro de cada parcela.
Pymes
Las microempresas y pequeñas y medianas empresas tal como se definen en el artículo 3 de la Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.
Legislación pertinente del país de producción.
Las leyes aplicables en el país de producción relativas al estatuto jurídico de la zona de producción en términos de:
a) derechos de uso del suelo;
b) protección del medio ambiente;
c) normativa relacionada con los bosques, incluida la gestión forestal y la conservación de la biodiversidad, cuando esté directamente relacionada con el aprovechamiento de la madera;
d) derechos de terceros;
e) derechos laborales;
f) derechos humanos protegidos en virtud del Derecho internacional;
g) el principio de consentimiento libre, previo e informado, según lo contemplado en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas;
h) la normativa fiscal, la de lucha contra la corrupción, la comercial y la aduanera.