(FIN DE PLAZO 2023-03-13) Proyecto de Orden Ministerial por la que se establecen las normas generales para la exención de autorización del tratamiento de residuos biodegradables mediante compostaje doméstico, comunitario y agrario

Consulta:

Cerrado

Carácter de la consulta:

Participación pública en proyectos normativos

Resumen

El artículo 28 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular establece que las entidades locales deberán adoptar las medidas necesarias para la separación y el reciclado en origen de los biorresiduos mediante su compostaje doméstico y comunitario, o su recogida separada y posterior transporte y tratamiento en instalaciones específicas de reciclado. Asimismo, el artículo 28.2 requiere que se establezcan las condiciones en las cuales el compostaje doméstico y comunitario estará exento de autorización de acuerdo con el artículo 34. Además, obliga a que la norma que establezca estas condiciones incluya los requisitos de información necesarios para calcular la contribución del compostaje doméstico y comunitario a los objetivos de preparación para la reutilización y reciclado siguiendo la metodología de la Unión Europea. 

Si bien el artículo 28.2 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, se refiere únicamente a la exención de autorización para el compostaje doméstico y comunitario, se ha considerado oportuno incluir en el proyecto de orden ministerial al compostaje agrario a pequeña escala para incentivar el reciclado en origen de los residuos agrarios y, de este modo, aprovechar el potencial de estos residuos como recurso en el entorno rural, sin poner en riesgo la salud humana y asegurando la protección del medio ambiente.

Por tanto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a proceso de información pública el proyecto de Orden Ministerial por la que se establecen las normas generales para la exención de autorización del tratamiento de residuos biodegradables mediante compostaje doméstico, comunitario y agrario.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus comentarios, cumplimentados en el formulario incluido a tal efecto, que deberá dirigirse al siguiente buzón de correo electrónico:  bzn-sug_Residuos@miteco.es

Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté claramente identificado (nombre y dirección de la organización/persona, teléfono de contacto y correo electrónico).
El plazo para remitir comentarios finalizará el 13 de marzo de 2023.

Muchas gracias por su colaboración

Madrid, 13 de febrero de 2023

Plazo de remisión

Plazo para presentar documentación desde el lunes, 13 de febrero de 2023 hasta el lunes, 13 de marzo de 2023