Tanto el Convenio como el Reglamento sobre COP establecen la obligación de elaborar Planes Nacionales de Aplicación (PNA) y resaltan la necesidad de consultar a las partes interesadas a nivel nacional en la elaboración, aplicación y actualización de sus planes de aplicación y de ofrecer al público posibilidades efectivas de participar en la elaboración de los mismos.
El primer Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y del Reglamento (CE) Nº 850/2004, sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) se aprobó por acuerdo de Consejo de Ministros el 2 de febrero de 2007. La preparación de este primer PNA se inició en 2005 con el establecimiento de un marco de participación de todos los grupos de interés en dicha materia, el Grupo Técnico de COP, entre los cuales se encuentran: Administraciones Públicas, comunidad científica, organizaciones sociales, ambientales y de consumidores y del sector económico. Las iniciativas y comentarios de los integrantes del Grupo Técnico de COP fueron considerados desde el inicio y a lo largo de todo el proceso de elaboración del PNA. Este Grupo Técnico está coordinado por la Subdirección General de Aire Limpio y Sostenibilidad Industrial.
El Grupo Técnico de COP continúa reuniéndose de forma periódica con el objetivo de realizar el seguimiento y actualizar el PNA, fortalecer el diálogo y el intercambio de información entre los distintos sectores implicados, actualizar inventarios nacionales sobre liberaciones, emisiones y presencia de COP, promover la sensibilización y la divulgación de información y establecer las distintas estrategias de intervención para la eliminación de los COP.
El Convenio y el Reglamento han enmendado varias veces sus anexos para incorporar nuevos COP, lo que motiva la necesidad periódica de actualizar el PNA. La primera actualización del PNA se inició a mediados de 2011 y fue aprobada por Acuerdo del Consejo de Ministros, el 5 de abril de 2013.
La segunda actualización del Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y del Reglamento (CE) nº 850/2004 (Actualización 2019) fue aprobada por acuerdo del Consejo de Ministros, el 31 de octubre de 2019.
En esta actualización del PNA de COP, se ha procedido a un rediseño para reflejar de forma concisa la realidad de los COP en este país, las actuaciones realizadas y las futuras previstas y también para que sirva como herramienta para sensibilizar a los sectores implicados acerca de la creciente y compleja situación de los COP y de la necesidad de destinar esfuerzos y recursos suficientes que permitan proteger la salud humana y el medio ambiente frente a estos contaminantes.
En la actualización 2019 del PNA, las medidas se han definido y estructurado en las siguientes áreas:
1- Producción, uso, comercio, existencias, sustitución y exenciones de uso.
2- Mejores Técnicas Disponibles (MTD), Mejores Prácticas Ambientales (MPA).
3- Gestión de residuos y emplazamientos contaminados.
4- Actividades de vigilancia de las concentraciones de COP, para caracterizar la situación actual y la evolución a lo largo del tiempo y evaluar la eficacia de las medidas adoptadas.
5- Información y sensibilización.
Además, el artículo 7 del Convenio de Estocolmo obliga a revisar y actualizar los planes de forma periódica para, entre otros objetivos, incluir las decisiones adoptadas en las sucesivas Conferencias de las Partes. En este sentido, España presentó en enero de 2023 a la Secretaría del Convenio una modificación del Plan Nacional en la que se incluyen los capítulos referidos al Dicofol y PFOA, dos COPs incluidos en el Convenio en la pasada CoP-9. Se puede consultar aquí.
El 25 de junio de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea, el nuevo Reglamento (UE) 2019/1021 sobre COP, texto refundido que reemplaza al Reglamento (CE) 850/2004. En este sentido, se tiene previsto que durante el año 2024 se proceda a una nueva actualización del PNA.