El artículo 24 de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental obliga a determinados operadores de las actividades incluidas en su anexo III, a la constitución de una garantía financiera que les permita hacer frente a la responsabilidad medioambiental inherente a su actividad.
El cálculo de la garantía financiera se basa en la realización de un análisis de riesgos medioambientales, con el objetivo de identificar los posibles escenarios accidentales, y establecer el valor del daño medioambiental que pueden ocasionar, siguiendo el procedimiento descrito en el artículo 33 del Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre.
Para facilitar la realización de estos análisis y reducir su coste, el Reglamento de desarrollo parcial introduce distintos instrumentos de carácter voluntario, que son los instrumentos de análisis de riesgos sectoriales, que pueden consistir bien en modelos de informes ambientales tipo, los llamados MIRAT, o bien en guías metodológicas, según el grado de homogeneidad del sector desde el punto de vista del riesgo medioambiental. Las tablas de baremos están previstas para los sectores o pequeñas y medianas empresas que por su alto grado de homogeneidad, permitan la estandarización de sus riesgos ambientales.
Los operadores pueden realizar sus análisis de riesgos medioambientales tomando como base los análisis de riesgos sectoriales que hayan sido informados favorablemente por la Comisión técnica de prevención y reparación de daños medioambientales. De esta forma hay 36 instrumentos de análisis sectorial informados favorablemente que han sido desarrollados por asociaciones sectoriales.
Adicionalmente, se considera que el análisis de riesgos medioambientales es también una herramienta esencial en el ámbito de la gestión de riesgos, ya que la información que proporcionan es el punto de partida para diseñar y planificar las medidas de gestión que permitan reducir el riesgo ambiental de la instalación. Esto podría tener reflejo tanto en los costes de las medidas de prevención, evitación y reparación que el operador pueda tener que poner en marcha, como en la cuantía de la garantía financiera, pudiendo incluso llegar a quedar exento de su constitución por aplicación de los supuestos de exención establecidos en el artículo 28 de la Ley 26/2007.
Por otra parte, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ha impulsado en el seno de la Comisión técnica de prevención y reparación de daños medioambientales el desarrollo de diversas herramientas técnicas y aplicaciones informáticas para ayudar tanto a los sectores como a los operadores individuales a llevar a cabo los análisis de riesgos sectoriales e individuales, a estimar el índice de Daño Medioambiental y a monetizar los daños medioambientales. Igualmente, se han financiado 10 instrumentos de análisis de riesgos sectoriales y un análisis de riesgos medioambientales para un operador individual.
Teniendo en cuenta lo expuesto, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental puso en marcha un estudio para disponer de información sobre la experiencia adquirida por los operadores en la realización de los análisis de riesgos medioambientales, así como valorar el grado de utilización de los recursos desarrollados y detectar las necesidades de los operadores de cara a desarrollar nuevas herramientas.
Con la realización del estudio se pretenden alcanzar los siguientes objetivos:
Conocer el número de operadores que ha utilizado un instrumento de análisis de riesgo sectorial informado favorablemente para llevar acabo el análisis de riesgos medioambientales de su instalación o actividad.
Evaluar el grado de utilización de los documentos y herramientas técnicas desarrolladas por la Dirección General y Evaluación Ambiental y detectar nuevas necesidades.
Evaluar si la información proporcionada por los análisis de riesgos medioambientales ha sido de utilidad para conocer el riesgo ambiental de las instalaciones y ha servido de base para implantar nuevas medidas de gestión del riesgo o modificar las implantadas.
Conocer si el análisis de riesgos medioambientales es considerado por los operadores como una herramienta a tener en cuenta en la toma de decisiones en relación a la gestión de riesgos ambientales.
Valorar económicamente la inversión realizada por los operadores en la realización de los análisis de riesgos y, en su caso, en las medidas de prevención o gestión del riesgo adoptadas en función de los resultados de aquéllos.
Evaluar si las medidas de prevención o de gestión del riesgo adoptadas han resultado en una disminución de la cuantía de la garantía financiera inicialmente calculada, y si esa disminución ha significado poder quedar exentos de su constitución.
Para lograr los objetivos del estudio se diseñó un cuestionario web para que ser cumplimentado por los operadores que han llevado a cabo los análisis de riesgos medioambientales.
El cuestionario, que es totalmente anónimo, consta de tres bloques de preguntas. El primer bloque está destinado a recoger datos generales sobre el operador o la instalación; el segundo bloque incluye cuestiones directamente relacionadas con el análisis de riesgos medioambientales; y el tercer bloque que incluye las cuestiones sobre el uso de las herramientas y documentos desarrollados por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
El plazo para cumplimentar el cuestionario se extendió entre el 2 de julio de 2021 y el 30 de octubre de 2021.
Una vez finalizado el plazo se ha realizado el análisis y valoración de la información aportada por los operadores que cumplimentaron el cuestionario obteniéndose diferentes conclusiones que se recogen en el informe "Resultados del estudio sobre la experiencia adquirida por los operadores en la realización de los análisis de riesgos medioambientales previstos en la normativa de responsabilidad medioambiental"
Tanto el informe citado como el cuestionario diseñado para el estudio se pueden consultar a continuación.