Este esquema simplificado muestra, de forma resumida, los pasos de cada participante en el procedimiento de seguimiento, notificación, verificación, transferencia de derechos y entrega de derechos de emisión de las instalaciones:
.
Realizar un seguimiento, notificación y verificación de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) preciso y estricto constituye un elemento clave en todo régimen de comercio de derechos de emisión porque permite determinar con exactitud qué cantidad de derechos de emisión deben entregarse. Sin un sistema riguroso es imposible garantizar que no se producen emisiones al margen de la obligación de entrega.
En la Fase IV de aplicación del comercio de derechos de emisión de la UE, el seguimiento y la notificación de emisiones y la verificación de emisiones y la acreditación de verificadores se regula a través de los siguientes Reglamentos:
En España, las competencias de seguimiento, notificación y verificación de las emisiones de GEI de las instalaciones recaen en las comunidades autónomas. Así, es el órgano competente de cada comunidad autónoma el responsable de aprobar, para cada instalación incluida en el comercio de derechos de emisión de la UE en su territorio, un plan de seguimiento de emisiones que determinará cómo se estiman las emisiones de GEI. La instalación presentará anualmente a la comunidad autónoma un informe anual de emisiones (IAE), verificado por un verificador acreditado, basado en el plan de seguimiento mencionado.
Por su parte, las competencias de seguimiento, notificación y verificación de los niveles de actividad a efectos de asignación gratuita recaen en la Oficina Española de Cambio Climático.
Las instalaciones que reciben asignación gratuita deben realizar el seguimiento de sus niveles de actividad a nivel de subinstalación, siguiendo el Reglamento Delegado (UE) 2019/331, además de los reglamentos indicados más arriba.
La acreditación de verificadores, en el caso de España, se lleva a cabo por parte de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
Con el objetivo de armonizar la aplicación de las cuestiones relacionadas con MRVA de emisiones de GEI del comercio de derechos de emisión el Grupo Técnico de la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático elabora y aprueba recomendaciones y notas que se pueden consultar aquí.
Además, se pueden consultar los valores caloríficos netos y factores de emisión utilizados en el inventario nacional de emisiones de GEI aplicables a los Informes de emisiones en este enlace.
Se pueden consultar las guías elaboradas por la Comisión Europea sobre seguimiento y verificación de emisiones de GEI en este enlace.
Este esquema simplificado muestra, de forma resumida, los pasos de cada participante en el procedimiento de seguimiento, notificación, verificación, transferencia de derechos y entrega de derechos de emisión de las instalaciones:
La competencia sobre las emisiones de gases de efecto invernadero recae en las comunidades autónomas.
Las instalaciones deberán contar con una Autorización de Emisión de GEI o una resolución de exclusión emitida por el órgano competente de la comunidad autónoma en la que se ubique la instalación.
A efectos de emisiones, se incluyen a continuación los formularios aprobados por la Comisión Europea que deben utilizarse, y que deberán ser remitidos a la comunidad autónoma relevante.
Para más información sobre trámites relacionados con el seguimiento, notificación y verificación de los niveles de actividad a efectos de asignación gratuita diríjase al siguiente enlace: tramitación
Información sobre uso de cookies: Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para mantener la sesión, personalizar la experiencia del usuario y obtener datos estadísticos de navegación. Puede aceptar todas las cookies o si lo desea configurar qué tipo de cookies permitir. Para más información sobre las cookies utilizadas consulte nuestra Política de Cookies
En este sitio web se utilizan dos tipos de cookies. En primer lugar las denominadas “Cookies funcionales” que son necesarias para el correcto funcionamiento del portal y que se encargan de almacenar datos de sesión para mejorar la experiencia del usuario. Por otro lado las “Cookies analíticas” que se encargan de recopilar información del uso del portal, sin información personal, posibilitando un mejor y más apropiado servicio por parte de este portal.
Las cookies son archivos que se pueden descargar en su equipo a través de las páginas web. Son herramientas que tienen un papel esencial para la prestación de numerosos servicios de la sociedad de la información. Entre otros, permiten a una página web almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información obtenida, se pueden utilizar para reconocer al usuario y mejorar el servicio ofrecido.
Según quien sea la entidad que gestione el dominio desde donde se envían las cookies y trate los datos que se obtengan se pueden distinguir dos tipos: cookies propias y cookies de terceros.
Existe también una segunda clasificación según el plazo de tiempo que permanecen almacenadas en el navegador del cliente, pudiendo tratarse de cookies de sesión o cookies persistentes.
Por último, existe otra clasificación con cinco tipos de cookies según la finalidad para la que se traten los datos obtenidos: cookies técnicas, cookies de personalización, cookies de análisis, cookies publicitarias y cookies de publicidad comportamental.
Para más información a este respecto puede consultar la Guía sobre el uso de las cookies de la Agencia Española de Protección de Datos
El portal web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico utiliza Adobe Analytics, herramienta de analítica que ayuda a los sitios web y a los propietarios de aplicaciones a entender el modo en que sus visitantes interactúan con sus propiedades. Adobe Analytics utiliza un conjunto reducido de cookies para recopilar datos e informar de las estadísticas de uso de los sitios web, enviando esta información sin identificar personalmente a los visitantes y sin compartirla, en ningún caso, con terceros. Estas cookies que se pueden rechazar o aceptar, ya que no interfieren en el funcionamiento del portal, pero sirven de gran ayuda aportando Información que posibilita un mejor y más apropiado servicio por parte de este portal. Para más información sobre cookies de Adobe Analytics y privacidad, puede consultar los siguientes enlaces:
Adicionalmente, las páginas que ofrecen contenidos relacionados con la red social X, solo crean cookies si el usuario tiene sesión iniciada en el sitio de X. Para más información sobre la descripción de estas puede consultar el siguiente enlace: Privacidad en red social X
Por último, se descarga una cookie de tipo técnico denominada miteco-compliance, propia, de tipo técnico y de sesión. Gestiona el consentimiento del usuario ante el uso de las cookies en la página web, con el objeto de recordar aquellos usuarios que las han aceptado y aquellos que no, de modo que a los primeros no se les muestre información en la parte superior de la página al respecto. Esta cookie es de obligada utilización para el funcionamiento correcto del portal.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico permite la aceptación o rechazo de las cookies no esenciales para el funcionamiento del portal. Para ello una vez que el usuario acceda al portal se mostrará un mensaje en la parte central con información de la política de cookies y las siguientes opciones: