España ha adquirido el compromiso de limitar o de reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero tanto en el ámbito de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, su Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París, como en el de la Unión Europea. Algunos de estos objetivos los ha asumido de manera conjunta junto con los 26 estados miembros restantes de la Unión Europea, mientras que otros se se definen de manera individualizada para cada uno de ellos. En paralelo, España se ha marcado objetivos de reducción a través de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.
A continuación, se repasan de manera resumida estos objetivos.
2008 - 2012
Para el periodo comprendido entre el año 2008 y el 2012, o primer periodo de compromiso del Protocolo de Kioto, España debía limitar el incremento de sus emisiones de gases de efecto invernadero de manera que la media de emisiones netas no superase el 15% del nivel de emisiones del año base (1990/1995).
Puede encontrar más información sobre este objetivo y su cumplimiento en el siguiente apartado.
2013 - 2020
El Paquete Europeo de Energía y Cambio Climático establece objetivos concretos a alcanzar en el año 2020 en materia de energía renovable, eficiencia energética y reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. En concreto, las emisiones del conjunto de la Unión Europea deben reducirse en un 20% respecto a los niveles del año 1990. El esfuerzo para conseguir estas reducciones se reparte en dos grandes bloques.
Este periodo de ocho años, 2013 - 2020, coincide con el periodo establecido en el segundo periodo de compromiso del Protocolo de Kioto. Es en el ámbito de este segundo periodo de compromiso donde la Unión Europea se ha comprometido a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en un 20% con respecto al año 1990.
2021 - 2030
Los objetivos de reducción de emisiones a 2030 fueron recogidos en un primer momento en las Conclusiones del Consejo Europeo de octubre de 2014. En éstas se aprobó el Marco de Políticas de Energía y Cambio Climático 2021-2030 (“Marco 2030”). Posteriormente, el acuerdo del Consejo Europeo celebrado en diciembre de 2020 incrementa la ambición climática de dicho marco. En materia de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, la Unión Europea ha asumido para el año 2030 un objetivo de, al menos, un 55% menos de emisiones netas de gases de efecto invernadero (emisiones una vez deducidas las absorciones) en comparación con 1990.
De nuevo, este objetivo se subdivide en otros dos:
La contribución de las absorciones netas a este objetivo se limitará a 225 millones de toneladas equivalentes de CO2. Además, la Unión tendrá como objetivo lograr un mayor volumen de sumidero neto de carbono en 2030.
Este periodo es coincidente con el cubierto por el Acuerdo de París, siendo los objetivos incluidos en el marco a 2030, aquellos a los que la Unión Europea se compromete en el contexto del Acuerdo de París, y que quedan recogidos en la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC) que la UE ha enviado a Naciones Unidas.
A su vez, la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética establece un objetivo nacional de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero del 23% respecto a niveles de 1990 para el conjunto de toda la economía.
Horizonte 2050
La Ley del clima Europea crea en el año 2021 el marco jurídico para alcanzar la neutralidad climática de la Unión Europea en 2050. En concreto, establece que la Unión debe aspirar a conseguir un equilibrio entre las emisiones antropógenas de gases de efecto invernadero de todos los sectores de la economía y la absorción de gases de efecto invernadero conseguida por los sumideros dentro de la Unión de aquí a 2050, y a lograr, en su caso, unas emisiones negativas a partir de esa fecha.
Por su parte, La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética asume para España en 2050 y en todo caso, en el más corto plazo posible, el objetivo de neutralidad climática en 2050.