Anuncio del Servicio Provincial de Costas de Castellón relativo al acuerdo de incoación y a la apertura del periodo de información pública del expediente de deslinde del dominio público marítimo–terrestre en el ámbito del Prat de Cabanes-Torreblanca, en los términos municipales de Cabanes y Torreblanca (Castellón). Ref.- DES01/21/12/0001

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Cerrado

Carácter de la consulta:

Información pública_ otros documentos

Resumen

Con fecha 4 de agosto de 2022 la Dirección General de la Costa y el Mar autoriza al Servicio Provincial de Costas de Castellón la incoación del expediente de deslinde del tramo de costa correspondiente al ámbito del Prat de Cabanes-Torreblanca con arreglo a la Memoria-Propuesta de Deslinde remitida en fecha 1 de junio de 2022. 
 
En consecuencia y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y el artículo 21 de Reglamento General de Costas aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, este Servicio Provincial ACUERDA:
 
Incoar el expediente de deslinde del tramo de costa, compresivo del Prat de Cabanes-Torreblanca, de unos diez mil doscientos treinta y cinco (10.235) metros de longitud, desde el hito M-28 del deslinde aprobado por O.M. de 25/05/1993 hasta el hito M-33 del deslinde aprobado por O.M. de 15/04/2005, en los términos municipales de Cabanes y Torreblanca, y abrir un periodo de información pública, por un plazo de UN (1) MES, a contar desde el siguiente al de la publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, dentro del cual cualquier interesado pueda comparecer en el expediente, examinar el plano de delimitación provisional del dominio público marítimo-terrestre y sus zonas de servidumbre y formular las alegaciones que considere oportunas. 
 
Suspender, de conformidad con el apartado 2 del artículo 20 del Reglamento General de Costas, el otorgamiento de concesiones y autorizaciones en el dominio público marítimo-terrestre y sus zonas de servidumbre definidos en el plano de deslinde provisional. Esta suspensión no se aplicará al otorgamiento de concesiones y autorizaciones para ocupación de bienes que tengan el carácter indubitado de dominio público marítimo-terrestre, significando que la resolución del expediente de deslinde llevará implícito el levantamiento de la suspensión.
 
La documentación que consultar está a disposición en las oficinas del Servicio Provincial de Costas y en esta página del portal del Ministerio.
 
Las alegaciones y observaciones se presentarán según los mecanismos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio Provincial de Costas de Castellón, sito en la C/ Escultor Viciano, nº 2, 12002, Castellón de la Plana (código de identificación: EA0043356), citando la/s referencia/s que aparecen en este anuncio. En particular, si dispone de certificado o DNI electrónicos en vigor, puede hacer uso del Registro General en la dirección siguiente: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
 
Además, conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para el ejercicio de sus derechos y obligaciones, podrán elegir en todo momento si se comunican con esta Administración Púbica a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligados a realizarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas.
 

Plazo de remisión

Plazo para presentar documentación desde el viernes, 03 de febrero de 2023 hasta el viernes, 03 de marzo de 2023

Anexos

Memoria

Anuncio BOP