Resumen
Mediante el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 131, de 02 de junio de 2021, se aprobó el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios.
Con el fin de facilitar el cumplimiento de las exigencias de dicho Real Decreto, se crean los denominados “documentos reconocidos” para la certificación de eficiencia energética que se definen en su artículo 4 como: “documentos de carácter técnico elaborados para facilitar el cumplimiento del Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios que cuentan con el reconocimiento conjunto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.”
Estos documentos se inscriben en el Registro General de Documentos Reconocidos para la certificación de eficiencia energética, creado en el artículo 4 y adscrito a la Secretaría de Estado de Energía, del Ministerio para la Transición Energética y el Reto Demográfico. Para poder ser inscritos en el Registro General, los documento reconocidos han de seguir el “Procedimiento para el reconocimiento conjunto por Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de los documentos reconocidos de certificación energética de edificios”, adjunto para consulta en los anexos de esta publicación.
Por último, según el artículo 18 f) del Real Decreto 390/2021, corresponde a la Comisión asesora para la certificación de eficiencia energética de edificios “evaluar y proponer a la Secretaría de Estado de Energía la inclusión en el Registro general de documentos reconocidos de aquéllos que cumplan con los requisitos establecidos para su aprobación”.
En la reunión de la Comisión asesora celebrada el 10 de mayo de 2024, la Comisión asesora en pleno aprobó la aceptación inicial del reconocimiento de un nuevo documento denominado DesignBuilder-CTE. Por lo tanto, el siguiente paso es someter la propuesta de nuevo documento reconocido a Información Pública, a fin de que se puedan formular alegaciones y observaciones sobre el mismo.
Objetivos del trámite de audiencia e información pública
El objetivo es recabar la opinión de particulares, organizaciones y entidades interesadas respecto a dicha propuesta.
La documentación relacionada con la propuesta de documento reconocido puede descargarse a continuación.
Plazo de remisión
Plazo para presentar documentación desde el martes, 17 de diciembre de 2024 hasta el viernes, 10 de enero de 2025
Presentación de alegaciones
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: bzn-SGEFE@miteco.es o al Registro de la Subdirección General de Eficiencia y Acceso a la Energía, en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Las alegaciones a la citada propuesta de documento reconocido para la certificación energética de edificios deben cursarse con el formato recogido en la plantilla Excel denominada “Formulario para la recepción de enmiendas y comentarios” que se puede descargar a continuación.
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo junto al DNI o CIF en función de la personalidad física o jurídica).
Anexos
Formulario para la recepción de enmiendas y comentarios [ODS] [5 KB]
Herramienta DesignBuilderCTE [ZIP][700 MB]
Documentación justificativa del alcance [PDF][2 MB]
Manual de usuario y condiciones de mantenimiento [PDF][1,2 MB]
Memoria explicativa y justificativa de la propuesta [PDF][87 KB]