Resumen
El Gobierno de España tiene un firme compromiso con la equidad energética, entendida como el conjunto de políticas públicas de carácter transversal orientadas al acceso a la energía por parte de la ciudadanía, y en especial con la protección de los consumidores vulnerables.
Por ello, se puso en marcha, en 2019, la primera Estrategia contra la Pobreza Energética (ENPE). Su desarrollo ha convivido con una situación excepcional, motivada inicialmente por la pandemia del COVID-19 y, posteriormente, por la invasión de Ucrania por parte de Rusia, que detonó una crisis inflacionista de precios de la energía.
Durante estos años, el Gobierno ha venido adoptando el denominado escudo social, en forma de medidas urgentes y de carácter coyuntural para hacer frente a estas situaciones excepcionales, en las que la protección a los consumidores y la garantía del suministro han sido principales prioridades.
Tras la finalización de los impactos más drásticos de las crisis de precios vividas, y una vez concluido el periodo de vigencia de la primera ENPE, se inicia, sobre la base del conocimiento adquirido en la aplicación del mencionado escudo social, el proceso de elaboración de la segunda Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética (ENPE), que continuará el trabajo desempeñado, teniendo en cuenta el nuevo contexto y los cambios producidos desde su aprobación en 2019.
Como parte del mismo, se abre un periodo de consulta pública previo a la elaboración y aprobación de la nueva Estrategia, con el fin de recabar la opinión y aportaciones de particulares, organizaciones y entidades interesadas.
1. ANTECEDENTES DE LA NORMA
La ENPE 2019-2024 fue aprobada mediante Acuerdo de Consejo de Ministros el 5 de abril de 2019 con el objetivo de establecer las bases para un diagnóstico exhaustivo y transversal de la incidencia y evolución de la pobreza energética en España, y de establecer medidas orientadas a reducir el número de hogares afectados en el horizonte temporal 2019-2024.
Desde su aprobación, se han producido eventos extraordinarios e imposibles de prever, como la irrupción de la pandemia de la COVID-19, que motivó el establecimiento de confinamientos severos que supusieron un aumento del consumo energético para cocina, calefacción y trabajo domiciliario; el escenario de tensiones en los mercados energéticos en 2021, que provocó unos niveles históricos de los precios de la energía; y la posterior invasión de Ucrania por la Federación Rusa el 24 de febrero de 2022.
Estos cambios sustanciales en el contexto internacional han requerido una respuesta en forma de medidas urgentes y de carácter coyuntural para hacer frente a estas situaciones excepcionales, en el que la protección a los consumidores y la garantía del suministro han sido principales prioridades del Gobierno, priorizando en particular la protección a los consumidores vulnerables. Estas medidas coyunturales, junto con los primeros pasos en reformas más estructurales en el ámbito energético que contribuyen a la transición energética y la protección de los consumidores, ha supuesto el despliegue de medidas adicionales o alternativas a lo previsto inicialmente en la ENPE.
Así, las medidas adoptadas han permitido, entre otros, incrementar el número de hogares que se han beneficiado del Bono Social Eléctrico (BSE), así como el descuento que supone este bono social. Asimismo, se ha avanzado en la protección de los consumidores estableciendo un suministro mínimo vital que supone una protección ante cortes de suministro, así como medidas más estructurales como la mejora energética de viviendas y la comunicación e información a la ciudadanía. Estas medidas específicas para consumidores vulnerables se suman a las medidas de protección aplicables al conjunto de los consumidores, desde la solución ibérica que ha permitido limitar los precios del mercado mayorista en lo peor de la crisis de precios o las medidas fiscales sobre la factura eléctrica.
2. NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE LA NORMA
Una vez concluida la vigencia de la ENPE, y en el contexto de cambios en las medidas que supuso la adopción del escudo social, se deben iniciar los trabajos para la redacción de una nueva Estrategia para el periodo entre 2025 y 2030 que adapte los mecanismos ya creados al contexto económico, social y un sistema energético cada vez más descarbonizado, y avance en la consecución de la equidad energética, transitando de un contexto de medidas coyunturales y excepcionales al despliegue y consolidación de medidas de tipo estructural sostenibles en el tiempo.
A nivel europeo, la Directiva de Eficiencia Energética (2023/1791) ha actualizado la definición de pobreza energética como “toda situación en la que un hogar no puede acceder a los servicios energéticos esenciales cuando dichos servicios proporcionan unos niveles básicos y dignos de vida y salud, como calefacción, agua caliente, refrigeración e iluminación adecuadas, y la energía para hacer funcionar los aparatos, dados el contexto nacional pertinente, la política social nacional existente y otras políticas nacionales pertinentes, como consecuencia de varios factores, incluidos, como mínimo, los siguientes: inasequibilidad, renta disponible insuficiente, gasto energético elevado y escasa eficiencia energética de los hogares”.
Asimismo, la sociedad, tanto nacional como europea, es cada vez más consciente de este fenómeno y la necesidad de atajarlo de una forma holística y transversal, involucrando al Tercer Sector, las Administraciones Públicas y a los ciudadanos.
Por todo ello, resulta necesario iniciar el proceso de consultas para la elaboración de una nueva ENPE que permita que la confección de la respuesta a los cambios producidos desde la aprobación de la anterior Estrategia pueda contar con una amplia participación pública por parte de todo tipo de entidades y agentes.
3. OBJETIVOS DE LA CONSULTA
La presente consulta pública previa pretende apoyar la elaboración de la nueva ENPE, cuya vigencia se prevé para el periodo desde 2025 a 2030, con el objetivo de reducir de forma permanente y progresiva la pobreza energética en un horizonte de medio y largo plazo.
Su finalidad es recabar la opinión de particulares, organizaciones y entidades interesadas respecto del contenido que debería contener la nueva Estrategia, teniendo en cuenta el contexto actual.
4. CONTENIDO DE LA CONSULTA PÚBLICA PREVIA
Mediante esta consulta pública previa se busca conocer la opinión de los potenciales destinatarios de la Estrategia y otros agentes interesados expresamente sobre las siguientes cuestiones:
- ¿Qué nuevos instrumentos considera más útiles para abordar la pobreza energética, y qué consideraciones de diseño son importantes?
- ¿Qué políticas públicas existentes mejoraría? ¿Qué propuesta concreta de mejora y con qué objetivo se propone?
- ¿Cómo puede mejorarse la coordinación entre medidas de protección de consumidores, en distintos ámbitos sectoriales y a niveles de administración local, autonómico y estatal?
- ¿De qué manera cree que deben participar los sujetos y entidades públicos, privados y tercer sector en la ejecución de la Estrategia?
- ¿Cómo considera que se podrían compatibilizar las medidas en materia de pobreza energética con la normativa vigente en materia de protección de datos?
- ¿Qué medidas y con qué agentes, públicos, de la sociedad civil o sectoriales, se puede aumentar la difusión efectiva y acceso del derecho de prestación a los potenciales preceptores?
- ¿Qué medidas identifica y considera necesarias para mejorar la cobertura de las prestaciones a los consumidores vulnerables severos en riesgo de exclusión, teniendo en cuenta el marco competencial?
- ¿Qué otros elementos debería tener en cuenta el diseño y la ejecución de la nueva ENPE?
Plazo de remisión
Plazo para presentar documentación desde el viernes, 24 de enero de 2025 hasta el viernes, 28 de febrero de 2025
Presentación de alegaciones
Las alegaciones deben remitirse exclusivamente a través del siguiente formulario web:
En caso de dificultades para acceder al fomrulario, se sugiere abrirlo en una ventana de incógnito del navegador.
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo junto al DNI o NIF, en función de la personalidad física o jurídica).
Una vez realizada la participación, se puede obtener un PDF con la información remitida, se sugiere guardar dicho PDF. Este documento servirá como justificante de participación en el proceso.
Con carácter general, las aportaciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado, deban ser tratadas con carácter confidencial y, en consecuencia, no puedan ser difundidas públicamente, deberán ser señaladas e identificadas de manera explícita en el propio texto remitido. A estos efectos, no se tendrán en cuenta los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.