Audiencia e información pública sobre el proyecto de orden por la que se clarifica el marco de compatibilidad de determinados programas de ayudas financiados por el PRTR - financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU

Consulta:

Abierta

Rango de la Norma:

Audiencia e información pública

Carácter de la consulta:

Normativas

Tipo de participación:

Orden Ministerial

Resumen

En el contexto surgido tras la pandemia provocada por la COVID-19 y tras la posterior aprobación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se han venido impulsando en los últimos años distintos programas de ayuda asociados a la transición energética cuya gestión corresponde al IDAE, cuyas bases reguladoras se aprueban mediante Orden ministerial.

En cada uno de estos programas, tal como establecen las respectivas bases de ayudas, es de aplicación el marco normativo regulador del PRTR, que comprende el Reglamento (UE) 2021/241 así como las disposiciones europeas y nacionales para su aplicación.

Para determinar el régimen de compatibilidad de las ayudas financiadas con fondos PRTR con otros programas o instrumentos de la Unión, ha de acudirse a lo dispuesto en el artículo 9 del citado Reglamento europeo, debiendo conjugarse adecuadamente y de manera clara, los requerimientos de la normativa europea aplicable con los esquemas nacionales de compatibilidad, sin que se establezcan indefiniciones que puedan dar lugar a confusión en su aplicación o restricciones innecesarias.

En este sentido, habiéndose detectado que diversas bases reguladoras contienen una redacción que puede resultar interpretable, con el objetivo de reforzar la seguridad jurídica y para mayor claridad y seguimiento sistemático del marco aplicable por parte de todos los agentes, se ha considerado preciso modificar de manera puntual los artículos que regulan el marco de compatibilidad de ayudas.

Se propone de este modo la modificación puntual de las siguientes Órdenes ministeriales que regulan sendos programas de ayudas gestionados por IDAE:

  • Art. 3 de la Orden TED/1444/2021, de 22 de diciembre (incentivos a la cadena de valor innovadora y de conocimiento del hidrógeno renovable);
  • Art. 3 de la Orden TED/1445/2021, de 22 de diciembre (incentivos a proyectos pioneros y singulares de hidrógeno renovable);
  • Art. 5 de la Orden TED/1446/2021, de 22 de diciembre (Programa CE Implementa);
  • Art. 12 de la Orden TED/1447/2021, de 22 de diciembre (proyectos innovadores de I+D de almacenamiento energético);
  • Art. 5 de la Orden TED/707/2022, de 21 de julio (incentivos a proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable);
  • Art. 5 de la Orden TED/1021/2022, de 25 de octubre (Programa CE Oficinas);
  • Art. 5 de la Orden TED/1071/2022, de 8 de noviembre (Repotenciación Circular);
  • Art. 5 de la Orden TED/1204/2022, de 2 de diciembre (Renovables marinas);
  • Art. 7 de la Orden TED/448/2023, de 28 de abril (Energía renovable en islas);
  • Art. 5 de la Orden TED/641/2023, de 14 de junio (programas de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables);
  • Art. 4 de la Orden TED/765/2024, de 22 de julio (Programa de energías renovables innovadoras).

Plazo de remisión

Plazo para presentar documentación desde el martes, 25 de febrero de 2025 hasta el lunes, 10 de marzo de 2025

Presentación de alegaciones

Las alegaciones a la propuesta de resolución deberán indicar en el asunto: “OM Compatibilidad PRTR” a la siguiente dirección de correo electrónico:

  • bzn-renovables-01@miteco.es

Con carácter general las respuestas y/o escritos de alegaciones se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación que podrán desestimarse, en su caso, también de forma motivada conforme la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los datos personales que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico recaba son tratados de manera confidencial conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. Con carácter general, las aportaciones realizadas a través de este formulario se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Sin embargo, si desea que alguna parte de su aportación sea tratada como confidencial, deberá señalarlo específicamente en sus comentarios y proporcionar una motivación clara para dicha clasificación.

Anexo

Proyecto orden [PDF][273 KB]