Resumen
Este real decreto está destinado a la concesión directa de subvenciones a las entidades que sean comunicadas por la Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente (“CINEA”), seleccionadas en el marco de las subastas de apoyo a la producción de hidrógeno renovable del Fondo de Innovación en el marco del Banco Europeo del Hidrógeno, para la participación en el esquema “Subastas como servicio” de acuerdo con el presupuesto disponible en el caso de España.
Adicionalmente, en la Disposición adicional única de este real decreto, se establece la primera convocatoria para la concesión directa de subvenciones a los proyectos españoles por su participación en el esquema “Subasta como Servicio” del Banco Europeo del Hidrógeno para la segunda subasta convocada el 3 de diciembre de 2024 por CINEA y que cerro la ventanilla el pasado 20 de febrero de 2025.
Promoviendo la realización de estos proyectos se contribuye a la consecución de los objetivos fijados en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030 y en la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo 2050.
1. Antecedentes
El impulso del sector del hidrógeno renovable forma parte de las medidas previstas en el Marco Estratégico de Energía y Clima para la transición energética hacia la neutralidad climática.
Así mismo, el Plan REPowerEU destaca el papel del hidrógeno en la eliminación progresiva de las importaciones de combustibles fósiles y en su contribución a la transición hacia el objetivo climático de la UE. Esta importancia se refleja en los ambiciosos objetivos establecidos para el uso de este vector energético, consistentes en duplicar las previsiones iniciales de hidrógeno renovable de la UE a 10 millones de toneladas de producción nacional anual, más otros 10 millones de toneladas de importaciones anuales para 2030.
En coherencia, la Comisión Europea ha puesto en marcha, entre otros, un mecanismo de subastas bajo el Fondo de Innovación de la UE, que forman parte del llamado “Banco Europeo del Hidrógeno”. Estas subastas, que comenzaron en 2023, estarán dirigidas al apoyo a la producción de hidrógeno renovable. Bajo el concepto de “Subastas-como-Servicio”, los Estados miembros pueden optar por contribuir a la subasta del Fondo de Innovación con presupuestos nacionales adicionales.
La vía para el desarrollo de la actividad de IDAE como entidad ejecutora de fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es publicar este real decreto de concesión directa para implementar el Mecanismo de “Subastas como Servicio” .
2. Motivación
El esquema denominado “Subastas-como-Servicio” (“Auction-as-a-Service” o “AaaS” en inglés) permite a los Estados miembros financiar proyectos ubicados en su territorio que hayan sido clasificados en el procedimiento competitivo de subastas bajo el Fondo de Innovación, pero para los cuales el presupuesto de la subasta del Fondo de Innovación sea insuficiente. Por lo tanto, la ayuda está destinada a financiar estos proyectos con presupuesto aportado por España a través del PRTR, bajo las mismas condiciones que las aplicables a los proyectos financiados por el Fondo de Innovación.
La ejecución de las subastas se lleva a cabo por la Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente (en adelante, “CINEA”).
Al unirse a las Subastas de Hidrógeno del Fondo de Innovación de la UE con una ventana nacional como parte de Subasta-como-Servicio, España utilizaría este instrumento europeo para otorgar fondos nacionales adicionales, contribuyendo a vincular los esquemas de apoyo nacionales y europeos, reduciendo el riesgo de fragmentación temprana del mercado y aumentando la comparabilidad de los puntos de precio de los esquemas de apoyo.
Asimismo, se pretende contribuir a la ejecución del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, teniendo en cuenta la normativa tanto europea como nacional asociada, mediante la movilización de fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que financia dicho plan.
Adicionalmente, mediante este real decreto se convoca la primera convocatoria para la concesión directa de subvenciones a los proyectos españoles por su participación en el esquema “Subasta como Servicio” del Banco Europeo del Hidrógeno para la segunda subasta convocada el 3 de diciembre de 2024 por CINEA.
3. Marco estatal
El PRTR contempla diez políticas palanca y treinta y un componentes, recogiendo un conjunto de inversiones y reformas orientadas a la recuperación y a impulsar un cambio de modelo económico, productivo y social para abordar de forma equilibrada los retos futuros: hacia una España más sostenible, digitalizada, en igualdad y con mayor cohesión social.
Sobre la base de la experiencia de la primera fase del Plan de Recuperación en el periodo 2021-2023, se lanzó una Adenda al mismo que permitirá consolidar la reindustrialización estratégica del país mediante la movilización de más de 10.000 millones de euros de transferencias adicionales y hasta 84.000 millones de euros en préstamos. Este real decreto se vincula a la componente 31 (“capítulo REPowerEU”), inversión 2 (C31.I2) del PRTR.
Las ayudas reguladas en esta orden constituyen ayudas de Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Las ayudas han sido notificadas a la Comisión Europea estando pendiente la Decisión de la Comisión final.
Este real decreto cumple con la normativa de carácter europeo y nacional que les son de aplicación.
Este trámite de audiencia se atiene a lo establecido en el artículo 26 de la ley 50/1997 de 27 de noviembre, del Gobierno así como en el artículo 48 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Plazo de remisión
Plazo para presentar documentación desde el viernes, 28 de febrero de 2025 hasta el viernes, 14 de marzo de 2025
Presentación de alegaciones
Presentación de alegaciones
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: bzn-h2renovable@miteco.es
Deberán indicar las siguientes cuestiones:
- Asunto: "AeIP “Subasta como Servicio".
- Nombre y apellidos / denominación o razón social del participante
- Organización o asociación (si corresponde)
- Contacto (correo electrónico)
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo junto al DNI o CIF en función de la personalidad física o jurídica).
Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.