Resumen
El artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las Administraciones públicas deben concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Esta previsión ha sido desarrollada por los artículos 10 a 15 del Reglamento de dicha Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, donde se indica que los Planes Estratégicos de Subvenciones “se configuran como un instrumento de planificación de las políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública”.
Por otro lado, la Intervención General de la Administración del Estado ha elaborado una “Guía general para la elaboración, seguimiento, control, evaluación y publicidad de los planes estratégicos de subvenciones”, para homogeneizar tanto la terminología utilizada como el contenido de los planes estratégicos de subvenciones. Esta guía recomienda sustanciar una consulta previa, a través del Portal del Departamento, durante el procedimiento de elaboración de los planes estratégicos de subvenciones, para recabar información sobre los problemas a resolver y sus posibles soluciones.
Motivo de la consulta
A punto de finalizar el actual Plan Estratégico de Subvenciones 2022-2024, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico debe aprobar un nuevo Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2025 a 2027, para lo cual solicita la participación de la ciudadanía así como las entidades, públicas o privadas, interesadas en su contenido.
En concreto, se pretende recabar la opinión acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) Las posibles soluciones.
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado. Las aportaciones se pueden remitir al correo electrónico bzn-pes@miteco.es, indicando en el asunto “Alegaciones al PES 25-27”.
Antecedentes del Plan Estratégico de Subvenciones |
Los antecedentes del próximo Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2025 – 2027, son el PES 19-21 y el PES 22-24, en vigor hasta el 31 de diciembre de 2024.
El PES 22-24 se estructuró en base a 8 Objetivos Estratégicos en consonancia en consonancia con las políticas palanca definidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, puesto que muchas de las líneas de ayudas han recibido financiación por parte de dicho plan.
Asimismo, en las fichas del PES 22- 24 se ha incorporado la información correspondiente a cada objetivo estratégico, marco estratégico o plan sectorial, áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas, plan de acción, objetivos operativos e indicadores del grado de consecución de los mismos, plazo necesario para su consecución, costes previsibles y fuentes de financiación y territorialización. |
Problemas que se pretenden solucionar |
El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales establece, en su artículo 13, que corresponderá al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia climática, de energía y medio ambiente para la transición a un modelo productivo y social más ecológico, así como la elaboración y el desarrollo de la política del Gobierno frente al reto demográfico y el despoblamiento territorial, y la propuesta y ejecución de la política de agua como bien público esencial. El PES reúne la actividad subvencional del departamento así como sus organismos y entes asociados agrupada en torno a unos objetivos estratégicos en base a los que se estructuran las actuaciones de los órganos del departamento así como de sus organismos y entidades adscritos, y se pretende dar solución a los problemas principales en el ámbito de sus competencias. los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, pero constituyen un instrumento fundamental para orientar los recursos públicos y evaluar los resultados de las actuaciones, además de incorporar la transparencia al reunir en un único documento toda la actividad subvencional del Departamento. Entre las cuestiones que se pretenden solucionar en el próximo Plan Estratégico de Subvenciones, se incluye una mejora en la definición de indicadores que permitan valorar los avances y resultados de las diferentes líneas de subvención y en el establecimiento de un sistema de evaluación de los resultados obtenidos, por lo que cualquier aportación en ese sentido será valorada. |
Posibles soluciones |
los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, de modo que su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvenciones y ayudas, atendiendo a las disponibilidades presupuestarias. El PES 22-24 está próximo a su finalización, siendo necesario, por imperativo legal, aprobar un nuevo Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2025-2027. Para ello, se pretende contar con la colaboración de la ciudadanía y las partes interesadas en la elaboración del nuevo Plan. |
Plazo de remisión
Plazo para presentar documentación desde el lunes, 04 de noviembre de 2024 hasta el lunes, 18 de noviembre de 2024