Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la economía azul y el impulso de la sostenibilidad pesquera y acuícola, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura

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Resumen

A fin de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública el  proyecto “Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la economía azul y el impulso de la sostenibilidad pesquera y acuícola, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.”

El objeto del Proyecto de orden es el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Programa Pleamar, gestionado por la Fundación Biodiversidad F.S.P, en el marco de su labor como Organismo Intermedio del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, tal y como se recoge en el Programa Operativo Español del FEMPA.

Esta orden se aprueba de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme a lo dispuesto para los Fondos Europeos en su artículo 2.

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios finalizará el próximo 5 de julio de 2023.


Presentación de alegaciones:

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: calidadyestudios@fundacion-biodiversidad.es indicando las siguientes cuestiones:

  • Asunto: Audiencia Orden bases FEMPA
  • Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante
  • Organización o asociación (si corresponde)
  • Contacto (correo electrónico)

Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica).

Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

Lekualdatze epea

Deadline for submitting documents from astelehena, ekaina 19, 2023 until asteazkena, uztaila 05, 2023