El esquema de tratamiento de los VFU está resumido en el siguiente esquema.
Los VFU entregados en un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) son sometidos a distintas operaciones de tratamiento siendo la primera de ellas, de forma obligatoria, la descontaminación, siguiendo lo establecido en el anexo IV.1:
1. Para la descontaminación de los vehículos al final de su vida útil, se realizarán todas y cada una de las operaciones siguientes
a) Retirada de baterías, depósitos de gas licuado.
b) Retirada o neutralización de componentes potencialmente explosivos (por ejemplo, airbags).
c) Retirada, así como recogida y almacenamiento por separado, cuando su mezcla impida su tratamiento conforme al artículo 18.2 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de: filtros de combustible, filtros de aceite, combustible, aceite –de motor, de transmisión, de la caja de cambios, hidráulico y líquido de frenos–, líquido refrigerante, anticongelante, fluido de los aparatos de aire acondicionado así como cualquier otro fluido que contengan los vehículos al final de su vida útil.
d) Retirada, siempre que sea viable, de todos los componentes en los que se haya determinado un contenido en mercurio.
A continuación separarán los componentes, partes o piezas que se puedan preparar para la reutilización, conforme a los requisitos y criterios establecidos en la parte A y B del anexo V. Los componentes, partes o piezas resultantes de la preparación para la reutilización, con el certificado mencionado en la parte C del anexo V del Real Decreto, no tendrán la consideración de residuos
Así mismo, los CAT realizarán las operaciones de tratamiento para fomentar el reciclado, establecidas en el anexo IV.2 y entregarán a un gestor autorizado todos los materiales, piezas y componentes procedentes de estas operaciones de tratamiento, priorizando cuando sea viable desde el punto de vista medioambiental el reciclado frente a otras formas de valorización:
2. Para fomentar la preparación para la reutilización y el reciclado, se realizarán todas y cada una de las operaciones de tratamiento siguientes:
a) Retirada de catalizadores,
b) Retirada de los elementos metálicos que contengan cobre, aluminio y magnesio, si estos metales no van a ser retirados en el proceso de fragmentación,
c) Retirada de neumáticos y componentes plásticos de gran tamaño (por ejemplo, parachoques, salpicaderos, depósitos de fluidos, etc.) si estos materiales no van a ser retirados en el proceso de fragmentación de tal modo que puedan reciclarse efectivamente como materiales.
d) Retirada de vidrio.
El almacenamiento de los componentes, partes o piezas extraídos del vehículo se realizará de forma diferenciada, evitando dañar los componentes que contengan fluidos, o los componentes, partes o piezas de recambio valorizables y cumpliendo lo estipulado en el anexo V;Por último los CAT remitirán, directamente o a través de gestor autorizado, el resto del vehículo, que no deberá incluir ningún material o elemento no perteneciente al mismo, así como los componentes, partes o piezas preparadas para su reutilización y posteriormente no comercializadas, a gestor autorizado para su fragmentación y postfragmentación.
Las fracciones que no se hayan podido preparar para la reutilización o reciclar, se destinarán, en base al principio de jerarquía, a valorización energética.