El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste, o convenio OSPAR, suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (publicado en el BOE de 24 de junio de 1998).
El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes: Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, Holanda, Noruega, Portugal, España, Suecia, Suiza, Reino Unido y la Comunidad Europea. Las partes contratantes de este convenio se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes.
El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia.
En la primera parte de la estrategia se recuerda el objetivo general de OSPAR que es conservar los ecosistemas marinos, la salud humana y restaurar cuando sea posible las áreas marinas que hayan sido afectadas negativamente por las actividades humanas mediante la prevención y eliminación de la contaminación y su protección. Para llevar a cabo este objetivo, OSPAR establece una serie de objetivos estratégicos en cuanto a:
La estrategia sobre diversidad biológica y ecosistemas tiene por objeto detener y prevenir para 2020 la pérdida de biodiversidad, proteger y conservar los ecosistemas y, si es posible, recuperar las zonas marinas que hayan padecido efectos nocivos. Para tal fin la estrategia crea instrumentos como la Lista de especies y hábitats amenazados o en declive para los que habrá que desarrollar programas y medidas, la creación de una red coherente de Áreas Marinas Protegidas que incluya zonas más allá de las aguas jurisdiccionales y la gestión integrada de las actividades humanas para reducir el impacto de estas actividades en el medio marino.
La estrategia sobre eutrofización tiene por objeto luchar contra la eutrofización en el área OSPAR con el fin último de lograr y mantener un medio ambiente marino saludable sin eutrofización de origen humano. Para ello, se tratará de adaptar el “Procedimiento Común para la identificación del estado de eutrofización” a los requerimientos de la DMEM en materia de lucha contra la eutrofización, se cooperará para establecer unos objetivos de reducción de la eutrofización en las áreas con problemas y se coordinará el desarrollo de medidas para reducir y eliminar la eutrofización antropogénica de nuestras mares.
La estrategia sobre sustancias peligrosas tiene por objeto prevenir y combatir la contaminación en la zona OSPAR mediante la reducción continua de las descargas, emisiones y pérdidas de sustancias peligrosas con el fin de conseguir concentraciones en el medio marino próximas a los niveles de base para las sustancias naturales, y próximas a cero cuando se trate de sustancias sintéticas. La meta a alcanzar es el cese de las descargas, emisiones y pérdidas de sustancias peligrosas para el año 2020. Para ello OSPAR mantendrá la Lista OSPAR de sustancias peligrosas de acción prioritaria” y la “Lista OSPAR de sustancias que son motivo de preocupación”, recopilará datos regionales sobre sustancias peligrosas, y promoverá acciones y medidas para reducir de manera continuada los vertidos, emisiones y pérdidas de las sustancias de acción prioritaria o de otros químicos que representen un motivo de preocupación para el medio marino del área OSPAR, incluyendo los disruptores endocrinos.
La estrategia sobre la industria de gas y petróleo tiene por objeto prevenir y eliminar la contaminación y tomar las medidas necesarias para proteger el medio marino contra los efectos nocivos de las actividades offshore estableciendo unos objetivos ambientales y mejorando los mecanismos de gestión para proteger la salud humana y conservar los ecosistemas marinos y, si es posible, recuperar las zonas marinas que hayan padecido efectos nocivos. Para este fin, y siguiendo un enfoque basado en el riesgo, se identificarán, priorizarán, vigilarán y controlarán las emisiones, descargas y pérdidas de sustancias que alcanzan o pueden alcanzar el medio marino y causan o pueden causar contaminación.
La aplicación del Convenio y sus Estrategias se lleva a cabo mediante la adopción de Decisiones, Recomendaciones y otros Acuerdos. Las Decisiones, éstas legalmente vinculantes, y las Recomendaciones establecen las acciones que han de desarrollar las Partes Contratantes. Estas medidas son completadas por Acuerdos que tratan otras cuestiones de importancia, programas de seguimiento, directrices, guías metodológicas, acciones que ha de llevar a cabo OSPAR propuestas por las Partes, etc. Por su parte la Comisión edita periódicamente publicaciones sobre las cuestiones abordadas por las diferentes Estrategias así como los resultados de las evaluaciones de los datos que las Partes reportan a OSPAR.
La estructura organizativa del Convenio está diseñada para llevar a cabo las 6 estrategias.
Algunos de los instrumentos más relevantes derivados del Convenio OSPAR son:
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