Résumé
A fin de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información públicas previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a información pública:
- El Proyecto de Orden, por la que se modifica la orden TED/1014/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad F.S.P. a grandes proyectos transformadores de índole científico-técnica para la promoción de la bioeconomía y la contribución a la transición ecológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- La Convocatoria de subvenciones de la Fundación Biodiversidad F.S.P., para apoyo a proyectos transformadores para la promoción de la bioeconomía ligada al ámbito forestal y la contribución a la transición ecológica, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.
Respecto a la Orden que modifica las bases reguladoras de la Fundación Biodiversidad F.S.P. (Orden TED/1014/2021) para la concesión de ayudas para la financiación de grandes proyectos transformadores de naturaleza científico-técnica que contribuyan a la promoción de la bioeconomía, la transición ecológica, al reto demográfico y al fortalecimiento de capacidades, fomentando la participación, la igualdad de género y la generación de empleo verde, las principales modificaciones responden a:
- Contener otras reformas e inversiones que conforman el componente 4 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y extender los efectos la Orden TED/1014/2021 a otras temáticas y consideraciones no contempladas en la redacción inicial (artículo 1 y artículo 4).
- Concretar un aspecto relativo a la designación de representante o apoderado único de las agrupaciones (artículo 2).
- Incluir un requisito adicional para poder alcanzar la condición de beneficiario (artículo 2).
- Explicitar las necesidades de cumplimiento con las condiciones específicas del etiquetado climático y digital de cada inversión del componente (artículo 3, artículo 19).
- Incluir obligaciones específicas para los beneficiarios y requisitos específicos de DNSH para cumplir con el PRTR (artículo 3, artículo 5, artículo 19).
- Incrementar el periodo mínimo al que deben destinarse al fin concreto para el que se concede la ayuda los bienes inventariables inscribibles en registros públicos (artículo 6).
- Incluir nuevos requerimientos relacionados con los gatos susceptibles de financiación, la prevención del fraude, los conflictos de interés, la doble financiación y los criterios de incumplimiento (artículo 6, artículo 11, artículo 12, artículo 14, artículo 20, artículo 21).
- Cambiar la redacción de la concurrencia y compatibilidad de otras ayudas (artículo 9).
- Adaptar el plazo de ejecución de los proyectos al nuevo plazo disponible, permitiendo la liquidación parcial en los casos en que así se prevea en la convocatoria (artículo 10, artículo 20).
- Incluir la obligación de cesión de datos por parte de los beneficiarios para la gestión y control de estas subvenciones (artículo 23).
Esta orden está vinculada a la ejecución de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo con el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El plazo para efectuar observaciones finalizará el próximo 5 de enero de 2023.
Presentación de alegaciones:
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: bioeconomia@fundacion-biodiversidad.es indicando las siguientes cuestiones:
- Asunto: "Información pública modificación Bases Bioeconomía y convocatoria bioeconomía forestal".
- Nombre y apellidos / denominación o razón social del participante
- Organización o asociación (si corresponde)
- Contacto (correo electrónico)
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado.
Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.
Date limite de remise
Deadline for submitting documents from vendredi, décembre 16, 2022 until jeudi, janvier 05, 2023