Resumen:
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) publicó la Orden TED/934/2022, de 23 de septiembre, que establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua de acuerdo con lo establecido por el artículo 61 del Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre. Con estas bases, se publicó la primera convocatoria de subvenciones por un importe de 200 millones de euros, ya en ejecución, a través de 30 proyectos demostrativos de digitalización del ciclo del agua en España.
Con posterioridad a esta primera convocatoria, el MITECO publicó la Orden TED/919/2023, de 21 de julio, por la que se modifican las bases reguladoras de la Orden TED/934/2022, de 23 de septiembre, junto con una segunda convocatoria de ayudas para el ciclo urbano del agua, con un presupuesto inicial de 200 millones de euros y que posteriormente fue ampliada en 100 millones de euros adicionales por Resolución del Secretario de Estado de Medio ambiente del 2 de agosto de 2024, va a permitir poner en marcha otros 50 nuevos proyectos demostrativos de digitalización del ciclo del agua en nuestro país.
En este sentido, apoyándose en las bases ya existentes, teniendo en cuenta el crédito aún disponible y las previsiones de inversiones próximas en la Inversión 3, componente 5 del Plan de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se redacta el borrador de la Resolución de la tercera convocatoria de ayudas para la digitalización del ciclo urbano del agua.
El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno preceptúan la celebración de una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en este caso el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), con carácter previo a la elaboración de anteproyectos de ley, proyectos de real decreto legislativo y de reglamentos.
Dado que la convocatoria de ayudas no tiene carácter de texto legal ni de reglamento, la celebración de un trámite de consulta pública no es preceptiva. No obstante, se pone a disposición de los interesados el borrador de la resolución de la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva.
A tal efecto se dispone un plazo de 15 días naturales para realizar las observaciones o manifestar las opiniones que se consideren, que deberán ser remitidas al buzón del PERTE de digitalización del agua: Bzn-PERTE-ciclo-agua@miteco.es indicando en el asunto “PERTE digitalización ciclo del agua: TERCERA convocatoria ciclo urbano”.
Plazo de remisión:
Plazo para presentar alegaciones desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 16 de octubre de 2024.
Documento: