Resumen
La gestión del ciclo integral del agua urbana abarca la completa y compleja labor de manejo de los sistemas o procesos que permiten el suministro de agua para su uso y reutilización, así como el saneamiento de las aguas residuales generadas. A lo largo de todo este ciclo integral existen actores encargados de los aspectos técnicos y de la gestión comercial, sistema de tarifas, atención al cliente, análisis de indicadores y datos, y elaboración de estándares y normativa técnica.
En el caso de las islas Baleares y Canarias su condición de insularidad acentúa la complejidad de resolver adecuadamente el abastecimiento de sus poblaciones con seguridad.
Los Presupuestos Generales del Estado para el 2023 recogieron en el estado de gastos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (aplicación presupuestaria 23.05.452A.755) un crédito presupuestario por importe total de 20.000.000 de euros para financiar inversiones en actuaciones relativas al ciclo integral del agua en la Comunidad Autónoma de Baleares y un crédito presupuestario por importe total de 20.000.000 de euros para financiar inversiones en actuaciones relativas al ciclo integral del agua en la Comunidad Autónoma de Canarias (aplicación presupuestaria 23.05.452A.753).
Dada la situación de prórroga presupuestaria para el año 2024, se hace necesario, de acuerdo con lo previsto en los artículos 22.2.c) y 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con carácter excepcional y entendiendo que existen razones de interés público y social, y conforme a los principios previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia que rigen el ejercicio de la potestad reglamentaria, el Estado tiene interés en colaborar, a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con las Comunidades Autónomas de Baleares y Canarias para que puedan acometer las inversiones necesarias para garantizar el abastecimiento de sus poblaciones.
Existen razones de interés público y social de primer orden que justifican la concesión de una subvención de forma directa, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para lo cual se tramita el presente borrador de Real Decreto.
El importe de la subvención será de veinte millones de euros (20.000.000 €) para cada una de las Comunidades Autónomas señaladas y se abonará con cargo al presupuesto de la Dirección General del Agua, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
De conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete el texto del precitado proyecto de real decreto al trámite de información pública durante un periodo de quince días (hábiles).
Prazo de remisión
Prazo para enviar documentos a partir do día venres, 27 de setembro de 2024 ata o día venres, 18 de outubro de 2024
Presentación de alegacións
Los comentarios y alegaciones se pueden realizar a través de este buzón de la Dirección General del Agua indicando en el asunto: “Observaciones al Real Decreto de Subvención a Baleares y Canarias”.