Con la finalidad de modernizar los Registros de Aguas de cada Organismo de cuenca, adaptarlos a la realidad tecnológica actual y dar cumplimiento e impulso a la administración electrónica prevista en la Ley 11/2007, de 22 de junio de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, se ha modificado el Reglamento de Dominio Público Hidráulico.
Mediante el Real Decreto 670/2013, de 6 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, se regula las normas de organización y funcionamiento del Registro de Aguas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 80 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, haciendo uso de los avances tecnológicos basados en la administración electrónica, la simplificación administrativa y la disminución de cargas a los ciudadanos para garantizar un mejor servicio y cumplimiento de los fines de interés general que se atribuyen a las Administraciones públicas. Asimismo, se han introducido unas series de novedades:
Paralelamente a esta modificación legislativa, desde el año 2012 se está trabajando para la elaboración de la nueva aplicación informática del Registro de Aguas, como un sistema de información que permita la gestión dinámica de los datos de los aprovechamientos, la automatización de los certificados con validez legal, la agilización de las entradas, modificaciones y salidas de inscripciones en el Registro de Aguas, la permanente actualización del mismo y la localización geográfica de las captaciones y usos del agua.
Constituirá por lo tanto un registro informático integrado por elementos e información de carácter alfanumérico y cartográfico, referidos a las características del aprovechamiento de aguas (características del derecho, captación y uso) y a su descripción, y elementos de carácter documental que contendrán la imagen del título administrativo o judicial que otorgue o reconozca el derecho.
Se tratará de un registro telemático que permitirá mantener actualizada la información y garantizará el acceso inmediato a la misma y a valorar la legalidad de los derechos al uso del agua.