Gestión

  • Buenas prácticas agrarias

    La expresión “buenas prácticas agrícolas” proviene de la normativa europea que condiciona las ayudas al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA). En esta normativa se consideran como “buenas prácticas agrícolas” las habituales que corresponden a los principios agrícolas que aplicaría un agricultor responsable en la región en cuestión. Estas prácticas normales, incluyen, como mínimo, el  cumplimiento de los requisitos medioambientales obligatorios generales.

    Por otra parte, suele recurrirse al concepto particular de las “prácticas agrícolas correctas” cuando se trata del uso de plaguicidas. También se utiliza la expresión “buenas prácticas de protección vegetal” en la terminología empleada en la  Directiva 91/414/CEE  para la utilización adecuada de  losproductos fitosanitarios.

    El condicionamiento de las ayudas agrícolas a determinadas formas de manejo de los cultivos ha dado lugar a la difusión de una nueva terminología,  como “agricultura integrada, producción integrada, gestión integrada de cultivos (ICM) y gestión integrada de plagas (IPM)” que son conceptos  relacionados con los sistemas agrícolas. Incluyen varios requisitos mínimos para la protección del medio ambiente o el control de las plagas, el uso de  una combinación de medidas, incluidas medidas preventivas, medidas de diagnóstico y de selección de las mejores herramientas para un control  mecánico o químico.

    El cumplimiento de las buenas condiciones agrarias y medioambientales contempladas en el artículo 4 del  Real Decreto 2352/2004  se erige en unade las bases fundamentales para la realización de una agricultura sostenible, además de proporcionar importantes beneficios para el medio ambiente  que revierten en la mejora de la calidad del paisaje y de la vida en el medio rural creando, de este modo, nuevos valores añadidos a los agricultores y  ganaderos y al sector en general.

    En dicho artículo se desarrollan las normas agrupadas en tres grandes bloques:

    A.   Conservación del suelo.

    B.   Garantizar un mantenimiento mínimo de las superficies agrícolas.

    C.   Evitar el deterioro de los hábitats.

    No obstante, en función del tipo de cultivo, se ha desarrollado (normalmente por iniciativa de las diferentes Consejerías de Agricultura) una serie de  buenas prácticas agrarias, que facilitan al agricultor la gestión y manejo de los diferentes sistemas productivos.

    Se entiende por buena práctica de riego, un manejo tal del recurso que permita la perduración del agua en el tiempo, en suficiente cantidad y calidad. En la  aplicación del riego, es necesario seguir un proceso lógico de toma de decisiones, asegurando que se aplica una cantidad de agua lo más ajustada posible  para cubrir las necesidades del cultivo. Este proceso consta de tres fases fundamentales:

    Conocer el ciclo de desarrollo del cultivo y la sensibilidad al estrés hídrico en cada una de sus etapas.

    Calcular las necesidades hídricas del cultivo mediante la metodología más exacta disponible.

    Establecer las pautas de aplicación de los aportes de agua de riego.

    El regante se enfrenta a una triple incógnita: cuándo, cómo y cuánto regar. La solución a este problema radica en un adecuado estudio de las siguientes  condiciones:

    Evapotranspiración de los cultivos, para conocer las necesidades de riego.

    Capacidad máxima del suelo para almacenar agua.

    Capacidad del sistema de riego y su eficiencia.

    A continuación se plantean una serie de recomendaciones generales:

    Es conveniente aplicar riegos frecuentes, para asegurar un nivel estable de agua en el suelo, que sea fácilmente utilizable por los cultivos.

    En caso de requerir energía eléctrica para regar, es conveniente, siempre que sea posible, hacerlo en horario de tarifa eléctrica barata (horas valle).

    El aporte instantáneo de agua no debe superar la capacidad de infiltración del suelo, evitando así las escorrentías.

    En el caso de riego por aspersión, la eficiencia de aplicación y uniformidad disminuyen si se riega con fuertes vientos y alta insolación, por lo que es  conveniente no regar durante las horas centrales del día en zonas con alta insolación, y disminuir el caudal del aspersor e incrementar el tiempo de riego en  zonas con vientos frecuentes.

    La instalación de caudalímetros permite controlar si el consumo real se ajusta a lo planificado.

    Es fundamental comprobar periódicamente que la finca se riega de manera uniforme y revisar las instalaciones de riego para evitar fugas en tuberías,  acoples y tomas.

    En el caso del riego por goteo, es conveniente limpiar los filtros y los goteros periódicamente o incluso reemplazarlos si fuera necesario.

    La formación de técnicos y regantes es básica para un uso adecuado del agua en la explotación.

    Estas recomendaciones pueden ampliarse en función del sistema concreto de riego, del cultivo que se riegue, así como de las características del suelo y el  clima de cada zona de riego, es por ello que casi todas las CCAA poseen un manual de buenas prácticas a disposición de cualquier interesado.

  • Gestión colectiva

    En España, los agricultores se agrupan en Comunidades de Regantes, instituciones de larga tradición histórica (algunas milenarias), con la finalidad de organizar la distribución del agua de riego, la organización propia del regadío, y garantizar la demanda hídrica equitativa a todos los usuarios. Estas asociaciones se caracterizan por que todos los miembros tienen los mismos derechos, las decisiones las toman los propios usuarios y los servicios prestados a los regantes se realizan sin recabar beneficios.

    Según el Plan Nacional de Regadíos de 2001 existían entonces en España 7.196 Comunidades de Regantes.

    Gestión directa:

    La gestión directa abarca lo relacionado con el régimen interior de la propia comunidad y sus relaciones con terceros. Para ello, las CCRR disponen de tres órganos:

    Junta General,  constituida por todos los comuneros, realiza la gestión de las funciones legislativas: aprobación de presupuestos, elección de cargos, solicitud de concesiones nuevas de agua, adquisición de bienes.

    Junta de Gobierno , constituida por comuneros elegidos por votación, realiza la función ejecutiva de la comunidad, a través de las competencias que le corresponden por Ley y por sus estatutos, como hacer cumplir las ordenanzas, elaborar presupuestos, organizar y distribuir el riego, mantenimiento de las obras e infraestructuras.

    Jurado de Riego , constituido por comuneros elegidos por votación; le corresponde la gestión de las funciones judiciales de la comunidad, como la evaluación de las faltas cometidas e imposición de multas y sanciones a los transgresores.

    G estión indirecta:

    Se denomina gestión indirecta a la llevada a cabo por la Comunidad de Regantes con la Administración Hidráulica, en colaboración con el Organismo de Cuenca o Confederación Hidrográfica que corresponda, de acuerdo con la Ley de Aguas, a través de los siguientes órganos:

    Consejo del Agua de la Demarcación , órgano de planificación hidrológica en el que los regantes están representados.

    Junta de Gobierno , órgano de gobierno del Organismo de Cuenca. Se adoptan decisiones sobre el presupuesto del Organismo y en situaciones de sequías, adopta acuerdos sobre normas de riego, respetando los derechos concesionales, al amparo de la ley.

    Juntas de Explotación , órganos de gestión en los que se coordina la explotación de las obras hidráulicas y recursos de agua de una zona determinada (ríos, río, tramo de río o unidad hidrogeológica). Es el órgano donde hay mayor representación de los distintos usuarios.

    Comisión de Desembalse , órgano de gestión que delibera y formula propuestas al Presidente del Organismo de Cuenca sobre el régimen de llenado y vaciado de los embalses y acuíferos de la cuenca, atendidos los derechos concesionales de los distintos usuarios.

    Asamblea de Usuarios , integrada por todos aquellos usuarios que  forman parte de las Juntas de Explotación, para coordinar la explotación de las obras hidráulicas  y de los recursos de agua en toda la cuenca.

    La  Federación Nacional de Comunidades de Regantes de España es una Asociación sin ánimo de lucro, que agrupa a las entidades que se dedican a la administración del agua para riego, con independencia de que la procedencia de sus aguas fuese superficial o subterránea. En España, desde tiempos históricos reciben diferentes nombres (Comunidades de Regantes, Juzgados de Aguas, Sindicatos de Riegos, Heredamientos, etc.).