Proyecto de Orden Ministerial por la que se aprueba la propuesta para la inclusión de cinco espacios marinos protegidos en la lista de lugares de importancia comunitaria de la Red Natura 2000 y se declara una zona de especial protección para las aves en aguas marinas española

Consulta:

Abierta

Alcance da norma:

(Nac) - Orden

Carácter da consulta:

Participación pública en proyectos normativos

Tipo de participación:

Participacion Publica Tipo

Resumen

A fin de garantizar el ejercicio del trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se somete a audiencia e información pública el proyecto de Orden por la que se aprueba la propuesta para la inclusión de cinco espacios marinos protegidos en la lista de lugares de importancia comunitaria de la Red Natura 2000 y se declara una zona de especial protección para las aves en aguas marinas españolas.

Esta Orden contribuye a la consecución del objetivo del 30x30 relativo al logro, en 2030, de la protección del 30% de las aguas marinas españolas que constituye un compromiso asumido por nuestro país, en respuesta a (i) los objetivos internacionales establecidos en el Marco Global de Biodiversidad, adoptado en el seno de la Convención de Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica, (ii) los objetivos de la UE fijados en la Estrategia de Biodiversidad para 2030, así como a (iii) los objetivos nacionales señalados en el Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, adoptado mediante Real Decreto 1057/2022, de 27 de diciembre.

Prazo de remisión

Prazo para enviar documentos a partir do día luns, 17 de febreiro de 2025 ata o día luns, 10 de marzo de 2025

Presentación de alegacións

Las alegaciones deberán remitirse a la dirección de correo electrónico: bzn-espaciosmarinos@miteco.es indicando el asunto “IP proyecto OM nuevos espacios”.

Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica). Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

Documentación del procedimiento

Enlace al proyecto de Orden Ministerial.

Cartografía de los espacios propuestos (*.shp)