Normativa europea sobre calidad del aire

La normativa europea sobre calidad del aire en vigor viene representada por la siguiente norma:

  • Directiva 2024/2881 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024 sobre la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa.  Esta Directiva revisada, ha sido publicada el 20 de noviembre en el DOUE y BOE con entrada en vigor el 11 de diciembre de 2024. Entre sus novedades destaca el acercamiento de los valores legislados a las Directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS) que fueron actualizados en el año 2021, reduciendo sus valores guía a la luz de las nuevas evidencias científicas sobre el impacto que la contaminación del aire inflige a la salud humana en concentraciones aún más bajas en determinados contaminantes. 

Otras novedades recogidas en el nuevo texto son las siguientes:

- La revisión periódica de la Directiva por parte de Comisión Europea de acuerdo con los últimos conocimientos científicos en materia de contaminantes atmosféricos y salud y los datos sobre la calidad del aire.

-  El establecimiento de umbrales de información para PM10, PM2,5, SO2 y NO2, y de alerta para PM2,5 y PM10, manteniendo los mismos umbrales establecidos anteriormente para el O3.

-  El establecimiento de un nuevo objetivo de reducción progresiva para el Indicador de Exposición Media (IEM) a las PM2,5 y para NO2 hasta alcanzare el valor guía de la OMS.

-  Incide en la importancia de la modelización de la calidad del aire como herramienta para el cálculo de la representatividad de las estaciones y en la evaluación de la calidad del aire.

-  La designación de estaciones de fondo urbanas y rurales, “superemplazamientos” para la determinación de contaminantes emergentes (entre ellos, partículas ultrafinas, black carbon) sin valores legislados, con el objetivo de mejorar el conocimiento científico.

- La opción de solicitar aplazamientos, mediante hojas de ruta, del cumplimiento de los valores legislados bajo determinadas circunstancias si se demuestra que, llegada la fecha establecida, no se podrá cumplir con esos valores.

-  La mayor incidencia en el acceso a la justicia, el derecho a reclamar y la obtención de una indemnización cuando se verifique claramente daños para su salud.

Tras su publicación en el DOUE, los Estados Miembros dispondrán de dos años para transponer la nueva Directiva, tiempo en el cual, coexistirá con las directivas y decisiones siguientes:

  • Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa.
  • Directiva 2004/107/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2004, relativa al arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente.
  • Directiva 2015/1480/CE, de la Comisión, de 28 de agosto de 2015 por la que se modifican varios anexos de las Directivas 2004/107/CE y 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en los que se establecen las normas relativas a los métodos de referencia, la validación de datos y la ubicación de los puntos de muestreo para la evaluación de la calidad del aire ambiente.
  • Decisión 2011/850/UE, de 12 de diciembre, relativa al intercambio recíproco de información y la notificación sobre la calidad del aire ambiente a la Comisión europea.