Resumen
Por Orden Ministerial de 21 de diciembre de 2007 se aprobó el deslinde comprendido entre el Camino de la Rambla y la Gola de Puchol, en la playa de la Garrofera (T.M. de Valencia), con referencia de expediente DL-55/3-V.
Por Orden Ministerial de 11 de febrero de 2008 se aprobó el deslinde comprendido entre las golas del Puchol y del Perellonet (T.M. de Valencia), con referencia de expediente DL-55/4-V.
Posteriormente, fueron anulados dos tramos del expediente DL-55/3-V y la totalidad del expediente DL-55/4-V en cumplimiento de varias sentencias de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, por lo que en dichos tramos se encuentra vigente el deslinde aprobado por Orden Ministerial de 19 de noviembre de 1976.
Con motivo de incoar el expediente de deslinde, con fecha 25 de septiembre de 2024, la Demarcación de Costas en Valencia remitió a la Dirección General de la Costa y el Mar la Propuesta de Delimitación Provisional, solicitando la autorización para la incoación del expediente de deslinde en los tramos anulados por las sentencias de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. Asimismo, la propuesta incorpora terrenos más al interior del deslinde vigente, al observarse que reúnen las características físicas de ribera del mar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.1 de la Ley de Costas, según se define en la poligonal del deslinde que figura en el plano de la propuesta.
Por Resolución de 21 de enero de 2025, la Dirección General de la Costa y el Mar ha autorizado a la Demarcación de Costas en Valencia para que proceda, de oficio, a la incoación del expediente de deslinde del dominio público marítimo-terrestre de varios tramos de costa con una longitud total de unos cinco mil seiscientos noventa y tres (5.693) metros, en las playas de la Devesa de El Saler, en el término municipal de Valencia (Valencia).
La delimitación provisional autorizada para iniciar el procedimiento se concreta en una memoria técnica y un juego de planos, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas.
En virtud de todo lo anterior, se informa de que esta Demarcación de Costas ha acordado, con fecha 14 de febrero de 2025, incoar de oficio el expediente que se referencia en el encabezado del presente escrito, en los términos autorizados por la Dirección General de la Costa y el Mar y con los efectos previstos en el artículo 20 del Reglamento General de Costas y concordantes.
Siguiendo la tramitación del expediente se procede, por parte de la Demarcación de Costas en Valencia, a la apertura del período de INFORMACIÓN PÚBLICA, durante el plazo de UN (1) MES, de acuerdo con el artículo 21 del Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas, para que cualquier persona pueda comparecer en el expediente, examinar los planos de delimitación provisional y formular las alegaciones que estime oportunas.
El expediente, para su consulta, se encuentra en la Subdirección General de Dominio Público Marítimo-Terrestre de la Dirección General de la Costa y el Mar (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Plaza de San Juan de la Cruz, nº 10, Madrid). Otro ejemplar podrá ser examinado en la Demarcación de Costas de este Ministerio en Valencia (C/ Joaquín Ballester nº 39 - 6ª), en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Esta documentación también podrá ser consultada en esta página.
Prazo de remisión
Prazo para enviar documentos a partir do día venres, 28 de febreiro de 2025 ata o día venres, 28 de marzo de 2025