Orden TED/XX/2023, por la que se regula los sistemas electrónicos de control de volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de agua, los retornos y los vertidos al dominio público hidráulico

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Cerrado

Carácter de la consulta:

Participación pública en proyectos normativos

Resumen

El Proyecto estratégico para la recuperación y transformación económica (PERTE) de digitalización del ciclo del agua, que aprobó el Consejo de Ministros el 22 de marzo de 2022, representa una gran oportunidad para la mejora en el control y la correcta gestión del uso del agua en España. El PERTE impulsa el uso de las nuevas tecnologías de la información en el ciclo integral del agua, lo que permitirá mejorar su gestión, aumentar su eficiencia, reducir las pérdidas en las redes de suministro y avanzar en el cumplimiento de los objetivos ambientales marcados por la planificación hidrológica y las normativas internacionales, siendo una de las líneas de actuación la mejora de la gobernanza en la gestión del agua. 

En el marco de la mencionada línea de actuación de mejora de la gobernanza, el PERTE prevé la modificación de la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de agua del dominio público hidráulico, de los retornos al citado dominio público hidráulico y de los vertidos al mismo, como una de sus líneas básicas de actuación, de forma coordinada con la modificación del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH) y la Orden que regula las entidades colaboradoras de la administración hidráulica.

Así pues, el borrador de esta orden ministerial tiene por objeto regular los sistemas de aplicación para el control de los volúmenes de agua captados por los aprovechamientos de agua del dominio público hidráulico cualquiera que sea su título habilitante, de los retornos al citado dominio público hidráulico y de los vertidos, incluyendo, en su caso, los volúmenes reutilizados.

Además, regula las condiciones en las que deben efectuarse las mediciones y sus registros, la información que deberán remitir los usuarios en relación con las mediciones practicadas y la facultad de comprobación e inspección de los organismos de cuenca, así como las actividades de certificación de las entidades colaboradoras de la administración hidráulica (ECAH), sobre las instalaciones de medición, el registro de los datos obtenidos y, en su caso, el envío de éstos.

Entre otras novedades, en el borrador de orden ministerial se elimina la necesidad de anotar en libros en papel los consumos, y sustituyéndolos por envío de información en ficheros de intercambio digital a los organismos de cuenca, bien de forma periódica o incluso en tiempo real. En materia de vertidos de aguas residuales, apuesta por la transparencia en la gestión de los mismos, promoviendo la información pública en el tratamiento y gestión de los vertidos, en especial de aquellos con más capacidad de generar contaminación.

De conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete el texto del precitado proyecto de orden ministerial al trámite de audiencia e información pública.

Los comentarios y alegaciones se pueden realizar a través de este buzón de la Subdirección General de Protección de las Aguas y Gestión de Riesgos indicando en el asunto: Orden “Sistemas electrónicos de control volumétrico".

PLAZO PARA LA INFORMACIÓN PÚBLICA: del 4 de abril al 5 de mayo de 2023.

Plazo de remisión

Plazo para presentar documentación desde el martes, 04 de abril de 2023 hasta el viernes, 05 de mayo de 2023