Para una gestión moderna, que promueva el uso sostenible y responsable de los recursos hídricos, es necesario realizar un control de las demandas de agua que permita conocer el consumo real del agua captada de los ríos y acuíferos subterráneos.
Disponer de información detallada y actualizada de las aportaciones, caudales circulantes y los consumos de agua en cada momento es una necesidad para la correcta gestión del agua, más si cabe en el contexto actual en el que el cambio climático genera mayores variaciones atmosféricas y climatológicas que provocan fenómenos naturales más extremos, y una mayor incertidumbre en la disponibilidad de este recurso. En este contexto resulta imprescindible conocer con mayor exactitud las reservas de agua, los consumos actuales, y las demandas futuras. Una información precisa y actualizada permitirá a las administraciones hidráulicas competentes, una mayor capacidad en el control y gestión del agua, así como a las personas usuarias a una mejor toma de decisiones en el uso eficiente y racional del recurso, que redunde en el beneficio común, y en la protección a largo plazo de los recursos hídricos.
A lo largo de los últimos años, impulsado por los diferentes cambios normativos en la legislación en materia de agua, se ha ido avanzando en el control efectivo de los volúmenes de agua extraídos y retornados al dominio público hidráulico, estableciéndose la obligación de contar con sistemas de medición que permitan comprobar y controlar los caudales utilizados y retornados.
Siguiendo el mandato de este artículo 55.4 del TRLA, el desarrollo normativo para determinar los sistemas de medición y control de los caudales detraídos y de los vertidos y retornos al dominio público hidráulico, fue realizado por las administraciones hidráulicas de las Comunidades Autónomas para su aplicación en las Demarcaciones Hidrográficas intracomunitarias, y por el Ministerio de Medio Ambiente para las Demarcaciones Hidrográficas Intercomunitarias, a través de la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de agua del dominio público hidráulico, de los retornos al citado dominio público hidráulico y de los vertidos al mismo.
La aprobación e implementación de esta Orden en las cuencas intercomunitarias, supuso el primer avance en el control de los usos del agua, y para la implantación de sistemas de medición y control de los volúmenes de agua extraídos del dominio público hidráulico. No obstante, y pese al tiempo transcurrido desde su puesta en vigor, a día de hoy no se dispone de un conocimiento completo de los usos del agua en España, constatándose la necesidad de su actualización para la incorporación de nuevas tecnologías de instrumentación, información, registro y almacenamiento de datos y comunicación.
Son los fondos europeos Next-Generation, vehiculizados en España a través del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia (PRTR), los que suponen el verdadero impulso en la transición digital del agua en España, y la oportunidad de abordar la modernización y actualización de la normativa en el control de los usos del agua, el avance hacia la digitalización del ciclo integral del agua, para mejorar la gestión, aumentar la eficiencia, reducir las pérdidas y avanzar en el cumplimiento de los objetivos ambientales de la planificación hidrológica.
La aprobación del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE) de digitalización del ciclo del agua, aprobado por el Consejo de Ministros el 22 de marzo de 2022, es el instrumento para la gestión de los fondos del PRTR en el avance hacia la digitalización del sector del agua, y el impulso en la mejora del control y la correcta gestión del uso del agua en España. Una de las líneas de actuación de este PERTE, se centra en la mejora de la gobernanza en la gestión del agua, recogiendo de manera específica la revisión y actualización de la Orden ARM/1319/2009.
Es así como en octubre de 2024, se aprueba la Orden TED/1191/2024, de 24 de octubre, por la que se regulan los sistemas electrónicos de control de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de agua, los retornos y los vertidos al dominio público hidráulico, que viene a sustituir la Orden ARM/1319/2009.
Esta Orden junto al PERTE de digitalización del ciclo del agua, impulsa la digitalización del control de los usos del agua, mediante la implantación de sistemas de medición inteligentes y la transmisión electrónica de la información a las Confederaciones Hidrográficas.