Principales documentos para la gestión de la seguridad de presas y embalses

La normativa vigente establece la obligación del titular de elaborar una serie de documentos básicos para la gestión de la explotación y de la seguridad de las presas. Dichos documentos han de ser presentados ante la administración competente en materia de seguridad de presas y embalses para su revisión y aprobación, de acuerdo con los plazos legalmente establecidos.

Los principales documentos son los siguientes:

  1. Clasificación de la presa
  2. Normas de explotación de la presa y el embalse
  3. Plan de emergencia de la presa
  4. Revisiones de seguridad de la presa y embalse (generales y extraordinarias)
  5. Informes de comportamiento

Dado que la normativa actual define el contenido mínimo preceptivo para cada uno de dichos documentos, se ha creído conveniente elaborar unas guías técnicas que faciliten el trabajo a los técnicos proyectistas y directores de la construcción y explotación de las presas y embalses, así como a la Administración competente en su labor de análisis y aprobación, que pueden consultarse en cada uno de los apartados específicos correspondientes.

Por otra parte, debe considerarse que el procedimiento a seguir para la aprobación de dichos documentos, en el ámbito de la Administración General del Estado, se regula en el Proyecto de Orden TED/xxx/2022, por la que se establecen los procedimientos administrativos derivados de las Normas Técnicas de Seguridad de las Presas y sus Embalses.

 

Tras la aprobación de las Normas Técnicas de Seguridad de presas en el año 2021, se ha hecho preciso adaptar algunas de las Guías Técnicas que se utilizan por los técnicos del sector para ciertos aspectos relacionados con el diseño, la explotación o la gestión de la seguridad de las presas.

Una de las principales conclusiones obtenidas tras el análisis de las revisiones periódicas de seguridad de las presas cuyo control efectúa la Dirección General del Agua, ha sido la inexistencia de un criterio único para la determinación de las avenidas entrantes en los embalses, haciendo verdaderamente difícil determinar, en muchos casos, cuál es su verdadera seguridad hidrológica.  

Por ese motivo, la Dirección General del Agua encargó al Centro de Estudios Hidrográficos (CEH) del CEDEX que, junto con el Comité Español de Grandes Presas (SPANCOLD), trabajará en la actualización de la Guía Técnica nº 4. Avenida de Proyecto, elaborada en 1997 por este último, adaptara su contenido a lo que ahora recomienda la nueva normativa de seguridad de presas y estableciera unos criterios modernos y uniformes en todo el territorio español para la determinación de las avenidas de diseño entrantes en los embalses.

Si bien ese trabajo aún no está totalmente concluido, se dispone ya, sin embargo, de un texto que sienta las bases de cómo efectuar esos estudios hidrológicos de manera uniforme a nivel nacional, con algunas excepciones bien determinadas. Estas se refieren a cuencas muy rápidas o cuencas en las que los episodios de lluvias están caracterizados por su corta duración y fuerte intensidad, encontrándose el CEH terminando de perfilar criterios, alternativos a los de carácter más general, para tener en cuenta la singularidad de esas cuencas.   

Se considera ahora conveniente conocer la opinión de todos aquellos que, habitualmente, trabajan en la elaboración de estudios hidrológicos, en la revisión de la seguridad hidrológica de presas, en la redacción de Normas de Explotación/Planes de Emergencia de presas, o en la realización de proyectos de nuevas presas o de remodelación/rehabilitación de presas existentes, en relación con la utilización del borrador que se ha preparado y con los criterios que este contiene.

Todos los comentarios al borrador de la Guía y todas las sugerencias relativas a ampliaciones/modificaciones/correcciones a efectuar en el texto, pueden enviarse a bzn-seguridad_presas@miteco.es

En el enlace siguiente se puede encontrar el texto: