La Directiva 2007/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación (en adelante, Directiva de inundaciones), cuya transposición al ordenamiento jurídico español es el objeto del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, publicado en el BOE Nº 171, de 15 de julio de 2010, tiene como objetivo el generar nuevos instrumentos a nivel comunitario para reducir las posibles consecuencias de las inundaciones mediante la gestión del riesgo, apoyada en cartografía de peligrosidad y de riesgo. La Dirección General de sostenibilidad de la Costa y el Mar es la competente de la Evaluación de los Riesgos de inundación en toda la costa española.
La implantación de la Directiva prevé tres fases, una primera fase consiste en la elaboración de evaluación preliminar de los riesgos de inundación (EPRI) con la definición de las áreas previsibles con riesgo de inundación (APRSI’s). Esta primera fase se acabó siguiendo lo indicado en la Directiva de Inundaciones en marzo del pasado año y se elevó a la Comisión Europea. Los resultados de esta primera fase se pueden consultar en la página web del Ministerio en el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables. En estos momentos ya esta aprobada la Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRIs) y con ellos las Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs).
La segunda fase que consiste en la elaboración de los mapas de peligrosidad y riesgo de cada una de las ARPSI’s definidas en la primera fase tenía como fecha de entrega a la Comisión Europea diciembre de 2013. Para la elaboración de esta segunda fase la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar lanzó la licitación de un Contrato de servicios por un importe de 1.702.060,15 € a finales del año 2012. Durante el año 2013 se elaboraron los mapas de peligrosidad y riesgo de inundación por oleaje para toda la costa española. Según se establece en la Directiva 2007/60, se ha remitido a la Comisión Europea, para cada Demarcación Hidrográfica, un resumen de las afecciones principales derivadas de estos mapas.
De acuerdo con el Real Decreto 903/2010, los mapas de peligrosidad y de riesgo de inundación se deben someter a consulta pública durante un plazo mínimo de tres meses y una vez analizadas las alegaciones, se someten a informe del Comité de Autoridades Competentes u organismo equivalente en las cuencas intracomunitarias y posteriormente se remiten al Ministerio para su incorporación al Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables.
La tercera fase consiste en el desarrollo de los Planes de Gestión y tienen como fecha límite de entrega diciembre de 2015.
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