1. El aforo del centro se reducirá, garantizando la distancia de 2 metros entre los visitantes. Los informadores deben velar por el cumplimiento del aforo máximo autorizado.
2. Los horarios de apertura de los centros deben limitarse a aquellos en los que pueda garantizarse el servicio óptimo de limpieza, especialmente en los servicios y aseos.
3. Las salas de audiovisuales solamente deberían utilizarse si se puede asegurar la limpieza efectiva tras cada pase del documental.
4. Se instalarán mamparas en los mostradores de recepción e información. En caso de no ser posible, se instalarán cintas a 2 metros del borde interior del mostrador.
5. Se dotará a los trabajadores (informadores, guías, técnicos, limpiadores, etc.) del material individual de protección sanitario que marca la normativa.
6. El visitante deberá llevar durante toda la visita mascarilla de protección.
7. El itinerario de visita será lineal, evitando cruces y entrando por recepción y saliendo obligatoriamente por la puerta de salida.
8. Se instalarán contenedores pequeños con tapa y pedal en cada uno de los aseos y contenedores mayores, de 60 u 80 litros, en la entrada y en la salida del centro.
9. Se instalarán dispensadores de gel hidroalcohólico y papel en la entrada del centro.
10. Se anularán las pantallas interactivas y se colocará un cartel sobre ellas indicando “Pantalla anulada por motivos sanitarios”.
11. No debe suministrarse a los visitantes folletos ni ningún tipo de papel por motivos sanitarios.
12. Se colocará cartelería con el horario de apertura, las recomendaciones sanitarias y la limitación de aforo en la recepción del Centro y en cada aseo (máximo 1 persona por aseo).
13. Se intensificará la limpieza de aquellos elementos, como barandillas y otros, que puedan ser más susceptibles de ser manipuladas por el público, empleándose para ello aquellos productos recomendados por la normativa sanitaria.
14. Se informará a los visitantes de las nuevas condiciones de los servicios de uso público, preferiblemente a través de la web o las redes sociales.
15. En los servicios de uso público que comporten reserva previa, el ENP informará, previo a la reserva, de las condiciones de prevención y de admisión.
16. Los gestores de los parques mantendrán al personal actualizado sobre las fases de la desescalada, las acciones preventivas y medidas higiénico-sanitarias, para que ellos sigan las recomendaciones en el entorno laboral y puedan informar adecuadamente a los visitantes.