Plásticos de un solo uso

¿Qué son los Plásticos de un solo uso?

Los «productos de plástico de un solo uso», tal y como los define la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, son los productos fabricados total o parcialmente con plástico y que no han sido concebidos, diseñados o introducidos en el mercado para completar, dentro de su período de vida, múltiples circuitos o rotaciones mediante su devolución a un productor para ser rellenados o reutilizados con el mismo fin para el que fue concebido. 

Antecedentes

En el contexto del Plan de Acción para la Economía Circular establecido en la Comunicación de la Comisión de 2 de diciembre de 2015 titulada «Cerrar el círculo: un plan de acción de la UE para la economía circular», la Comisión llegó a la conclusión, en la Estrategia europea sobre el plástico prevista en su Comunicación de 16 de enero de 2018 titulada «Una estrategia europea para el plástico en una economía circular» , que debía abordarse el aumento constante de la generación de residuos plásticos y del abandono de esos residuos plásticos en el medio ambiente, en particular el medio marino, para conseguir que el ciclo de vida de los plásticos sea circular. La estrategia europea para el plástico es un paso hacia delante para establecer una economía circular en la que el diseño y la producción de plásticos y productos de plástico respeten plenamente las necesidades de reutilización, reparación y reciclado, y en la que se desarrollen y promuevan materiales más sostenibles. El importante impacto negativo de determinados productos de plástico en el medio ambiente, la salud y la economía exigen el establecimiento de un marco jurídico específico que permita reducir eficazmente esos efectos negativos, y así es como surgió la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, en adelante, Directiva SUP.

Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, en su Título V, transpone a nuestro ordenamiento la Directiva SUP. 

 

Botellas de plástico de un solo uso para bebidas

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular establece en su artículo 59 objetivos de recogida separada para su reciclado de botellas de plástico de un solo uso para bebidas de hasta 3 litros, incluidas sus tapas y tapones (apartado E del Anexo IV de la ley). 

Entre estos objetivos se encuentran los establecidos en la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de junio de 2019 relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente. 

Los objetivos se fijan para los  años 2025 y 2029, y adicionalmente se fijan otros intermedios para los años 2023 y 2027, determinándose que en caso de incumplirse estos últimos, se implantará, a nivel nacional, un Sistema de Depósito Devolución y Retorno (SDDR) para estos envases de forma que se garantice el cumplimiento de los objetivos marcados por la directiva para los años 2025 y 2029.

Por su parte, la Disposición Adicional decimoséptima de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular establece que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico deberá evaluar y hacer público el estado del cumplimiento de los objetivos fijados para el 2023 y que el cálculo de dichos porcentajes se realizará conforme a la metodología establecida en la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1752 de la Comisión, de 1 de octubre de 2021, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, en lo que respecta al cálculo, la verificación y la comunicación de datos sobre la recogida separada de residuos de botellas de plástico de un solo uso para bebidas. 

Adicionalmente en 2024 también ha de  comunicarse a la Comisión Europea el dato correspondiente al año 2022.

Por lo anterior procede a publicarse los informes con la evaluación del objetivo de recogida separada de botellas de plástico de un solo uso para bebidas de hasta 3 litros, incluidas sus tapas y tapones, para los años 2022 y 2023, calculado de acuerdo con la metodología establecida en la Decisión se Ejecución europea citada anteriormente.

Productos del tabaco con filtros y filtros comercializados para utilizarse con productos del tabaco

Productos con filtros Imagen