El ozono que constituye la conocida “capa de ozono” se encuentra localizado en la estratosfera que se sitúa por encima de la troposfera y por consiguiente no entrando en contacto con la superficie terrestre. Por otro lado, el ozono troposférico se localiza en las capas más bajas de la atmósfera y se considera un contaminante secundario, ya que no se emite directamente a la atmósfera, sino que se forma a partir de ciertos precursores (compuestos orgánicos volátiles no metánicos (COVNM), monóxido de carbono (CO), óxidos de nitrógeno (NOx), y en menor medida, metano (CH4)) que tienen su origen en los procesos de combustión (tráfico e industria). Por acción de la luz solar, estas sustancias químicas reaccionan y provocan la formación de ozono. Como la luz solar es uno de los principales factores que influyen en estas reacciones, es en primavera y verano cuando se alcanzan las máximas concentraciones.
Como ya se ha citado, entre los agentes contaminantes que dan lugar a la formación de ozono en las capas bajas de la atmósfera, se encuentran los óxidos de nitrógeno, que siguen el mecanismo de reacción que se describe a continuación:
NO(g) + O2(g) → NO2(g) NO2(g) + luz → NO(g) + O(g) O(g) + O2(g) → O3(g)
Este es sólo un ejemplo de los procesos que llevan a la formación del ozono troposférico. El resto de contaminantes precursores siguen procesos similares para la formación del ozono.
En concentraciones elevadas el ozono puede provocar daños en la salud humana, la vegetación y los ecosistemas, siendo además un factor importante a considerar respecto al cambio climático.
En la Directiva 2002/3/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2002, relativa al ozono en el aire ambiente, se establecen los umbrales de información y alerta para las concentraciones de ozono en el ambiente. Dicha Directiva se traspuso al ordenamiento interno español mediante Real Decreto 1796/2003, de 26 de diciembre, relativo al ozono en el aire ambiente. Actualmente, este real decreto se encuentra derogado por el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
Asimismo, cabe citar el Protocolo de Gotemburgo, relativo a la reducción de la acidificación, de la eutrofización y del ozono en la troposfera, desarrollado en el marco del Convenio de Ginebra sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia.