Fondo de Innovación

  • El Fondo de Innovación de la UE es un instrumento de financiación gestionado por la Comisión Europea, clave para cumplir los compromisos de descarbonización de la UE en virtud del Acuerdo de París y respaldar la visión estratégica de una Europa climáticamente neutra para 2050.

    Está diseñado a partir de las lecciones aprendidas de su programa predecesor NER300, y tiene por objetivo financiar la demostración de tecnologías innovadoras con bajas emisiones de carbono, que ya han superado una fase experimental pero que necesitan apoyo financiero para dar el salto a la comercialización a gran escala.

    Para ello se centra principalmente en:

    • La demostración de tecnologías y procesos con bajas emisiones de carbono en industrias intensivas en energía (incluidos productos que sustituyen a intensivos en carbono) y, tras la modificación de la Directiva ETS, nuevos sectores como edificios y transporte por carretera y marítimo. También se incluye la captura y utilización de carbono (CCU) en condiciones ambientalmente seguras, si ocurre en actividades del Anexo I de la Directiva ETS.
    • La construcción y operación de proyectos para la captura y almacenamiento geológico de carbono (CCS).
    • Energías renovables innovadoras y tecnologías de almacenamiento de energía.

     

    El Sistema de Comercio de Emisiones de la UE (EU ETS) proporciona los ingresos para el Fondo de Innovación a través de la subasta de cierto volumen de derechos de emisión de 2020 a 2030  que se reservan para este fin, así como también a través de cualquier fondo no desembolsado del programa NER300.

    De esta manera, se estima que el Fondo dispondrá de aproximadamente 40.000 millones de euros, cifra sujeta a la evolución del precio en esas subastas.

    En la página web del Fondo de Innovación se encuentra la información relevante, así como el acceso al Portal para presentar las solicitudes.

  • La información relevante más reciente se incluye en este apartado. En la página web del Fondo pueden encontrar más detalles e información adicional.

    Si desea que el MITECO incluya sus datos de contacto en las listas de difusión de la actividad llevada a cabo por el Fondo de Innovación, puede añadirlos y confirmar el consentimiento al tratamiento de los mismos a través del siguiente link.

     

    • 11-12/06/2024: eventos de consulta a los interesados sobre la convocatoria de subvención de proyectos 2024 y la subasta de producción de hidrógeno RFNBO 2024. Información y registro aquí.
    • 30/04/2024: publicados los resultados de la primera subasta de producción de hidrógeno RFNBO en el siguiente enlace. España acoge 3 proyectos con presupuesto asignado de hasta 263 millones de euros.
    • 25/04/2024: evento de consulta a los interesados sobre la nueva línea de apoyo a la fabricación de baterías en la UE, dotada con 3.000 millones de euros durante 3 años. Más información aquí. Se celebrará una nueva consulta en junio.
    • 29/02/2024: MITECO acoge la celebración de un Infoday nacional, en modalidad presencial y online, con participación de representantes de la Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente (CINEA) y la Dirección General de Acción por el Clima de la Comisión Europea. Además de una jornada informativa general, existe la posibilidad de celebrar reuniones bilaterales para un grupo limitado de proyectos. Se precisa registro en el siguiente enlace, hasta el 15 de febrero para solicitar una reunión bilateral, y hasta el 20 de febrero para participar en la Jornada.
    • 07/12/2023: Infoday online de la cuarta convocatoria para subvención de proyectos, que precisa registro previo.
    • 30/11/2023: Infoday online de la subasta piloto de hidrógeno, que precisa registro previo.
    • 23/11/2023: apertura del plazo para envío de solicitudes a la cuarta convocatoria para subvención de proyectos (con 5 categorías, abierta hasta el 9 de abril de 2024, 17:00 CET) y a la subasta piloto para la producción de hidrógeno (abierta hasta el 8 de febrero de 2024, 17:00 CET). Ambas convocatorias están ya abiertas en el Portal.

     

  • El Fondo de Innovación está gestionado por la Comisión Europea, a través de la Dirección General de Acción por el Clima (DG CLIMA), asistida por dos entidades:

    - CINEA (European Climate, Infraestructure and Environment Executive Agency),agencia de implementación que gestiona las convocatorias, recibe las solicitudes, realiza su evaluación, proporciona soporte técnico y finalmente firma los contratos para percibir las ayudas.

    -   EIB (European Investment Bank), que monetiza los derechos de emisión, y gestiona la asistencia a través del programa Project Development Assistance (PDA).

    La Comisión consulta determinados aspectos de la operación del Fondo con el IFEG (Innovation Fund Expert Group) .

    Los Estados Miembro de la UE participan en el IFEG junto a otras organizaciones en determinados hitos, siendo consultados por la Comisión y participando en su seguimiento y orientación, así como en aspectos generales en la preparación de las convocatorias.

    Además, los EE.MM. dan luz verde a la relación de proyectos pre-seleccionados en las convocatorias, deciden sobre elementos de índole financiera, como el presupuesto de las convocatorias, el uso de otras formas de financiación aparte de subvenciones, y aprueban las reglas de cada convocatoria.

    En España, el Punto Focal Nacional para el Fondo de Innovación es el Subdirector General de Mercados de Carbono (Oficina Española de Cambio Climático, MITECO). Además de las responsabilidades antes citadas, desde la Subdirección se difunde la actividad del Fondo mediante el anuncio de convocatorias, eventos y talleres preparados por CINEA, DG CLIMA u otros, la organización de Jornadas informativas a nivel nacional (Infodays), y la participación en eventos a solicitud de otras administraciones o entidades.

    También se atienden las consultas relativas al Fondo de Innovación en el siguiente buzón:

    bzn-fondoinnovacion@miteco.es

  • El Fondo de Innovación tiene su base legal en la Directiva 2003/87/CE por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión Europea, y el Reglamento Delegado (UE) 2019/856 de la Comisión dedicado al mismo, que ha sido modificado recientemente mediante el Reglamento Delegado (UE) 2023/2537.

    Dentro de cada convocatoria se definen las condiciones específicas que deben tenerse en cuenta para presentar una solicitud. Por lo tanto, la información que se detalla en esta sección se proporciona a título orientativo, basándose en las características de las convocatorias publicadas hasta 2023, y puede estar sujeta a cambio en siguientes convocatorias.

    Tipología de proyectos

    La tipología en cuanto al alcance y sector de los proyectos financiables depende de cada convocatoria. Típicamente son proyectos en estas áreas:

    • La demostración de tecnologías y procesos con bajas emisiones de carbono en industrias intensivas en energía (incluidos productos que sustituyen a intensivos en carbono), y tras la aprobación de la nueva Directiva ETS, nuevos sectores como transporte por carretera y marítimo, y edificios. También se incluye la captura y utilización de carbono (CCU) en condiciones ambientalmente seguras, si ocurre en actividades del Anexo I de la Directiva ETS.
    • La construcción y operación de captura y almacenamiento de carbono (CCS).
    • Energías renovables innovadoras y tecnologías de almacenamiento de energía.

     

    El Fondo puede publicar convocatorias con ventana única (años 2020 a 2022) y otras con ventanas específicas por tamaño, o para determinadas tipologías como proyectos piloto o fabricación de tecnologías limpias (año 2023).

    Tamaño del proyecto

    El Fondo de Innovación ha venido publicando convocatorias con carácter anual, estableciendo categorías que distinguen por el tamaño de la inversión. En las primeras convocatorias publicadas se establecieron dos categorías: pequeña escala (gasto de capital entre 2,5 a 7,5 millones de €) y gran escala (gasto de capital superior a 7,5 millones de €).

    Tras la revisión de su Reglamento Delegado en 2023, se establecen las siguientes categorías:

    • Proyectos de pequeña escala: gasto de capital total entre 2,5 y 20 millones de €.
    • Proyectos de media escala: gasto de capital total entre 20 y 100 millones de €.
    • Proyectos de gran escala: gasto de capital total mayor que 100 millones de €.

     

    Madurez de los proyectos

    El Fondo financia por lo general proyectos con un grado de madurez avanzado, que hayan superado fases iniciales de prototipo y vayan a dar el salto a la producción a escala comercial. No se restringen a un TRL (Technology Readiness Level) concreto, pero está generalmente orientado a TRL altos, entendiendo que la posible financiación de etapas anteriores puede quedar cubierta por otros instrumentos existentes como Horizonte Europa, el programa LIFE o el Consejo Europeo de Innovación.

    Ubicación y características del participante

    Los proyectos deben estar ubicados en territorio de la Unión Europea, Islandia o Noruega, o también Irlanda del Norte para proyectos de generación, transmisión y suministro de electricidad.

    En cuanto a los participantes son elegibles entidades legales (públicas o privadas) establecidas en cualquier país del mundo, sin que sea necesario que sean consorcios, debiendo atenderse a los casos específicos que se definan. Necesitarán registrarse y ser validados antes de presentar una solicitud. 

    Criterios de selección

    Los criterios de selección y su metodología de puntuación se definen en cada una de las convocatorias, valorándose:

    • Potencial de mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero, tanto de forma absoluta como relativa.
    • Grado de innovación del proyecto, teniendo en cuenta también los proyectos seleccionados en anteriores convocatorias del Fondo.
    • Madurez técnica, operativa y financiera, incluyendo la planificación, el modelo de negocio, y la estructura financiera y legal, entre otros aspectos.
    • Replicabilidad, en cuanto a su potencial de aplicación generalizada y otros aspectos.
    • Eficiencia de coste, en términos de reducción de emisiones.

     

    Adicionalmente pueden definirse otros criterios y puntuación asociada a ellos.

    Asistencia técnica para el desarrollo de proyectos (PDA)

    Existe la posibilidad de optar a recibir asistencia técnica para mejorar la madurez de proyectos, denominada “Project Development Assistance” y ofrecida por parte del Banco Europeo de Inversiones, con el fin de alcanzar la madurez necesaria para presentarse y poder ser seleccionados en siguientes convocatorias.

    Ayudas otorgadas

    La ayuda que ofrece el Fondo toma la forma de subvención en las convocatorias regulares, pero también se pueden definir otras vías para asignar ayudas, como subastas o contratos por diferencia.

    El Fondo desembolsa parte de la ayuda asociada a diversos hitos del proyecto, antes de haber comenzado la operación de este y por tanto de existir una reducción verificable de emisiones, ayudando a afrontar los costes de capital en las etapas iniciales.

    En las distintas convocatorias se especifica cómo calcular los costes relevantes del proyecto, definidos como los costes adicionales que conlleva implementar dicho proyecto comparado con un proyecto convencional que produce un producto análogo. El Fondo de Innovación podrá financiar únicamente una parte de esos costes, por ejemplo hasta el 60%, debiendo acudir los promotores a fuentes adicionales de financiación.

    No se financian costes incurridos por el proyecto con anterioridad a la presentación de la solicitud.

    Respetando las condiciones de la convocatoria, el calendario de pagos y los hitos y condiciones para ello se definen y acuerdan en el contrato firmado entre el Fondo y el promotor del proyecto, una vez este ha sido seleccionado.

    Cofinanciación

    El Fondo de Innovación no se considera como Ayuda de Estado, y se puede combinar con apoyo financiero de autoridades locales y Gobiernos, capital privado, y otras iniciativas e instrumentos que lo complementan, aunque quizá en otras etapas, como: proyectos demostrativos de InnovFin, Horizon 2020 y Horizon Europe, Fondo de Modernización, Fondo de Transición Justa, Consejo Europeo de Innovación, Mecanismo Conectar Europa o InvestEU; siempre cumpliendo la premisa de no financiar dos veces el mismo concepto.

    Proceso para solicitar ayuda del Fondo de Innovación

    Las solicitudes deben presentarse a través del Portal para las convocatorias que se publiquen, que marcan el plazo disponible para hacerlo.

    De forma general, el plazo desde que se abre una convocatoria hasta que se firman las ayudas está en torno a un año, publicándose los plazos previstos en cada una de ellas.

    La siguiente lista explicaría de qué manera abordar el proceso en una convocatoria "tipo" de ayudas en la que se otorgan subvenciones:

    1. Se recomienda en primer lugar familiarizarse con el alcance y funcionamiento del Fondo de Innovación, estudiando la información disponible en los distintos recursos (ver enlaces de interés al final de esta página), incluyendo proyectos seleccionados anteriormente. Es también recomendable asistir a los eventos (muchos de ellos virtuales) que se organizan, y en los que se suelen anunciar previsiones de siguientes convocatorias.
    2. Una vez se abre una convocatoria, en la que se definen los plazos, suele haber un plazo de unos 3-4 meses para presentar solicitudes a través del Funding & Tender Portal, donde está disponible el documento con las condiciones de la convocatoria y todos los ficheros que hay que presentar, que pueden cambiar de una convocatoria a otra. El proceso de evaluación es estricto particularmente en cuanto a no alterar estos ficheros y seguir las metodologías que se prescriban, pudiendo descalificarse y no evaluarse proyectos por este motivo.
    3. Tras el cierre del plazo para enviar solicitudes, se evalúan por igual todos los proyectos, sin tener en cuenta el orden de llegada.
    4. Se dispone de un Helpdesk en el mismo Portal para resolver posibles dudas, que suele cerrar el plazo para enviar consultas unos días antes del fin de plazo para enviar solicitudes, así como otro servicio para resolver problemas técnicos. También se hace público un listado de preguntas frecuentes (FAQ) que pueden ser de interés.
    5. Se recomienda permanecer atentos a posibles cambios en los ficheros que deben entregarse y que están colgados en el Portal, asegurarse de la coherencia de los datos presentados en todos los ficheros, y finalmente enviar dentro del plazo la documentación, teniendo en cuenta posibles problemas técnicos de última hora.
    6. Tras el cierre del plazo para envío de solicitudes, CINEA evalúa los proyectos durante unos meses. No se admiten reenvíos de documentación durante este periodo.
    7. Finalizada la evaluación, se comunica a todos los solicitantes el resultado de la misma para su proyecto, sea preseleccionado o no, indicando las puntuaciones obtenidas en cada apartado y justificación si procede.
    8. Se hace igualmente público el listado de proyectos preseleccionados, a los que se les asigna una persona que se pondrá en contacto para preparar la firma del contrato, proceso durante el cual se pueden solicitar aclaraciones o documentación adicional al solicitante.
    9. Por último, se firma el contrato (acuerdo de subvención), debiendo comunicarse posteriormente cualquier cambio que el proyecto pueda tener. 
  • El Fondo de Innovación ha generado una respuesta muy positiva en España, con un gran número de proyectos presentados, así como de seleccionados, tanto para recibir subvenciones como para recibir la asistencia técnica (PDA). 

    En la página web del Fondo de Innovación y de CINEA pueden consultarse qué proyectos han sido seleccionados y el alcance de los mismos, para todos los países:

    https://climate.ec.europa.eu/eu-action/eu-funding-climate-action/innovation-fund/innovation-fund-projects_en

    https://cinea.ec.europa.eu/programmes/innovation-fund/innovation-fund-projects-country_en

    Se dispone también de un Dashboard con dos herramientas para visualizar los resultados, pudiendo generarse tablas y gráficas con los datos que se desee.

    https://cinea.ec.europa.eu/programmes/innovation-fund/innovation-fund-project-portfolio-dashboard_en

    La siguiente tabla resume las principales cifras de participación y resultados en las convocatorias cerradas hasta la fecha.

    El siguiente gráfico de barras ilustra la distribución geográfica de los proyectos seleccionados, agrupándose los seleccionados en las dos primeras convocatorias de pequeña escala y dos primeras de gran escala bajo la etiqueta "IF funded projects". Se añaden los seleccionados en cada una de las cuatro categorías de la última convocatoria de gran escala de forma separada (LSC22). No se incluyen los preseleccionados en SSC3.

    Plataforma STEP y Sello de Soberanía

    La UE ha aprobado en 2024 el lanzamiento de la Plataforma STEP (Strategic Technologies for Europe Platform), con el fin de apoyar a la industria europea y la inversión en tecnologías críticas para Europa, atrayendo y aumentando la financiación. La UE ha aprobado en 2024 el lanzamiento de la Plataforma STEP (Strategic Technologies for Europe Platform), con el fin de apoyar a la industria europea y la inversión en tecnologías críticas para Europa, atrayendo y aumentando la financiación.

    Esta Plataforma, definida en el Reglamento (UE) 2024/795, apoya tecnologías limpias y eficientes en el uso de recursos, incluidas las tecnologías de cero emisiones netas, tal como se definen en el Reglamento sobre la Industria de Cero Emisiones Netas. 

    Toda la información sobre la implementación de la Plataforma STEP puede encontrarse en el Portal STEP:

    https://strategic-technologies.europa.eu/index_en

    Los proyectos que se presenten a las convocatorias del Fondo de Innovación y superen los criterios de evaluación, pero no resulten seleccionados por falta de presupuesto, y si contribuyen a los objetivos de la Plataforma, recibirán el Sello de Soberanía. Estos proyectos serán publicados en el Portal STEP, lo cual les dará visibilidad y ayudará a obtener financiación alternativa a través de otros Programas o inversores privados; y además tendrán ventajas y podrán recibir ayuda de otros instrumentos de la UE de forma más rápida y simplificada.

  • Para ampliar la información sobre el Fondo y encontrar otra información de utilidad, se puede recurrir al siguiente listado de enlaces y recursos:

     

  • Pueden remitirse consultas relativas al Fondo de Innovación al siguiente buzón de correo electrónico del MITECO: bzn-fondoinnovacion@miteco.es

    Si desea que el MITECO incluya sus datos de contacto en las listas de difusión de la actividad llevada a cabo por el Fondo de Innovación, puede añadirlos y confirmar el consentimiento al tratamiento de los mismos a través del siguiente link.