El MITECO abre a audiencia pública la propuesta de bases reguladoras de ayudas a proyectos innovadores de energías renovables

Hasta el 21 de junio

13/06/2024

También publica el proyecto de resolución de su primera convocatoria de ayudas, dotada con 220 millones

Son objeto de ayuda los proyectos de agrivoltaica, fotovoltaica flotante, autoconsumo colectivo con participación de consumidores vulnerables, asociados a infraestructuras, e instalaciones de bomba de calor renovable

Se valorarán criterios económicos, grado de madurez de la propuesta y externalidades positivas

Fotovoltaica flotante

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha sometido a información pública el proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias de ayudas a proyectos innovadores de energías renovables y almacenamiento, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables, junto con el proyecto de la primera convocatoria, dotada con 220 millones de euros, que pueden consultarse aquí.

El apoyo económico, enmarcado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) para la ejecución de los fondos Next Generation EU, se especificará en cada convocatoria y se dirigirá a impulsar este tipo de proyectos en territorio español, incrementando la capacidad de potencia renovable y almacenamiento. La vigencia de las bases reguladoras se extenderá desde su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025.

El Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), dependiente del MITECO, será el encargado de gestionar estas ayudas, que se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva y se instrumentarán como una subvención a percibir por el beneficiario, con carácter definitivo, una vez se verifique la ejecución del proyecto.

En la valoración de los proyectos se tendrán en cuenta criterios económicos, así como el grado de madurez de la propuesta y externalidades positivas de los proyectos. Dado el carácter incentivador de las ayudas, solo se admitirán proyectos cuya ejecución no se haya iniciado con anterioridad a la solicitud de la ayuda y tendrán que respetar el principio de “no causar un daño significativo” al medioambiente que rige el PRTR.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Entre los proyectos considerados se encuentra la agrivoltaica, donde se realiza un uso simultaneo del suelo compatibilizando la producción agrícola y fotovoltaica en el mismo espacio. También las instalaciones fotovoltaicas flotantes, por su mayor coste de estructura, y las instalaciones fotovoltaicas y eólicas en infraestructuras, como en espacios muy antropizados, vertederos clausurados o rehabilitación de espacios mineros.

Así mismo se consideran proyectos innovadores el autoconsumo colectivo con participación de consumidores vulnerables. El despliegue masivo del autoconsumo en España de los últimos años no ha sido igual en instalaciones individuales que colectivas, suponiendo estas últimas un porcentaje muy bajo respecto a las primeras. Es por ello, y debido a la casuística de vivienda en España donde más del 70% de la población vive en edificios, que se considera primordial el desarrollo del autoconsumo colectivo.

Por último, también se consideran proyectos innovadores la implantación de instalaciones de bomba calor renovable, que permitirá avanzar en la electrificación de los procesos térmicos con fuentes renovables, reduciendo la utilización de combustibles fósiles y la importación y dependencia de terceros países.

CINCO LÍNEAS DE ACTUACIÓN

La primera convocatoria de ayudas está dotada con 220 millones para proyectos enfocados a impulsar estos proyectos innovadores de energías renovables en las siguientes líneas de actuación:

a) Programa de incentivos 1: Proyectos innovadores de instalaciones agrivoltaicas con almacenamiento.

    - Subprograma 1.1: Agrivoltaica intercalada con el cultivo.

    - Subprograma 1.2: Agrivoltaica con estructura sobre el cultivo 2 m ≤ h ≤ 4 m.

    - Subprograma 1.3: Agrivoltaica con estructura sobre el cultivo h ≥ 4 m

b) Programa de incentivos 2: Proyectos innovadores de instalaciones fotovoltaicas flotantes en espacios artificiales con almacenamiento.

c) Programa de incentivos 3: Proyectos innovadores de integración de renovables, con almacenamiento, en infraestructuras.

d) Programa de incentivos 4: Proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento con participación de consumidores vulnerables.

e) Programa de incentivos 5: Proyectos innovadores de instalaciones de bombas de calor renovables.

EN LÍNEA CON LOS OBJETIVOS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN

En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las ayudas establecidas en esta orden de bases se vinculan a la componente 7 inversión 1 (I1), Desarrollo de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos productivos, del Componente 7 (C7), Despliegue e integración de energías renovables, y de la inversión 1 (I1), Despliegue del almacenamiento energético, del Componente 8 (C8), Infraestructuras eléctricas, promoción de redes inteligentes y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento, del PRTR, del Componente 31 (C31), REPowerEU y de la inversión 1 (I1) Autoconsumo renovable, almacenamiento detrás del contador y comunidades energéticas.

Los comentarios a los proyectos de orden ministerial y proyecto de resolución para la primera convocatoria deben remitirse hasta el 21 de junio al buzón de correo electrónico: Bzn-Renovables@miteco.es, indicando en el asunto ‘Información pública incentivos Energías Renovables Innovadoras’.