En 1975, dieciséis países mediterráneos y la CEE adoptaron el Plan de Acción para la protección y el desarrollo de la cuenca del Mediterráneo (PAM), el primer acuerdo regional bajo los auspicios del Programa de Naciones Unidas para el Medioambiente (PNUMA). Como marco jurídico del PAM, se adopta en 1976, el Convenio para la protección del mar Mediterráneo contra la contaminación (Convenio de Barcelona) y sus dos primeros protocolos, destinados a cumplir con el PAM:
Posteriormente han tenido lugar sucesivas reuniones de las Partes en las que se adoptaron los siguientes protocolos cuya situación legal es la siguiente:
Para más información puede consultar la página WEB oficial del Convenio
En la conferencia de Barcelona de 1995 se enmienda el Convenio y pasa a denominarse Convenio para la protección del medio marino y la región costera del Mediterráneo. Además se revisan los protocolos existentes y se adopta un nuevo Plan de Acción.
En la actualidad son 22 las partes contratantes del Convenio de Barcelona: Albania, Argelia, Bosnia Herzegovina, Croacia, Chipre, Egipto, la Unión Europea, Francia, Grecia, Israel, Italia, Líbano, Malta, Mónaco, Marruecos, Serbia y Montenegro, Eslovenia, España, Siria, Túnez y Turquía.
Su ámbito geográfico de aplicación son las aguas marinas e interiores del mar Mediterráneo, limitadas al oeste por el meridiano que pasa por el cabo Espartel, y por el este por los límites del estrecho de los Dardanelos entre los faros de Mehmetck y Kumkale.
Las obligaciones generales impuestas a las partes contratantes por el convenio son:
Esta es la estructura organizativa del Convenio de Barcelona:
Estos son algunos de los instrumentos más importantes derivados del Convenio de Barcelona y de sus Protocolos y de su aplicación en España:
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