El Artículo 6 de la Convención Marco de Nacional Unidas sobre Cambio Climático establece que, para alcanzar sus objetivos, las Partes firmantes promoverán y facilitarán:
Y cooperarán, en el plano internacional, en estos campos.
El Acuerdo de París (COP21) reconoce en su preámbulo “la importancia de la educación, la formación, la sensibilización, el acceso a la información”. Y, además, dedica específicamente al tema su artículo 12, que dice así:
Las Partes deberán cooperar en la adopción de las medidas que correspondan para mejorar la educación, la formación, la sensibilización y participación del público y el acceso público a la información sobre el cambio climático, teniendo presente la importancia de estas medidas para mejorar la acción en el marco del presente Acuerdo.
Entre las iniciativas realizadas hasta la fecha para dar cumplimiento a los programas de trabajo de la Convención en materia de “Acción para el Empoderamiento Climático” destacamos:
Creación del Seminario de Respuestas desde la Educación y la Comunicación al Cambio Climático, una red estable que reúne, desde 2004, a educadores, comunicadores e investigadores sociales interesados en la aplicación de la comunicación y la educación frente al cambio climático.
Elaboración de un miniportal sobre Educación y Comunicación frente al Cambio Climático, en el sitio web del CENEAM, que recopila recursos útiles desarrollados por actores diversos.
Incorporación de la temática del cambio climático en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato: citan de forma expresa el cambio climático en tres asignaturas troncales (Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional, Geografía y Geología) y en otras tantas asignaturas específicas (Valores Éticos, Cultura Científica, y Ciencias de la Tierra y el Medio Ambiente).