Desde la entrada en vigor del Protocolo de Kioto, en febrero de 2005, se puso de manifiesto que era necesario trabajar para desarrollar un régimen climático global de lucha contra el cambio climático que incluyera a todos los países en los esfuerzos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
Esto fue así ya que el primer periodo de compromiso del Protocolo de Kioto (2008-2012) solo incluía objetivos de reducción de emisiones de países desarrollados, y cubría solo el 30% de las emisiones globales. En el segundo periodo de compromiso (2013-2020) ese porcentaje bajó al 15%, debido a la reducción del peso relativo de las emisiones de los países con objetivos de reducción de emisiones (menos que durante el primer periodo y a que países como Canadá, Japón o Nueva Zelanda no participan en este segundo periodo de compromiso). Era, por tanto, necesario acordar un nuevo instrumento que asegurara la participación de todos los países para dar una respuesta adecuada al cambio climático.
En este contexto, en diciembre de 2015 se adoptó el Acuerdo de París, tratado internacional, jurídicamente vinculante, que cubre todos los aspectos de la lucha contra el cambio climático, tanto la mitigación, como la adaptación y los medios de implementación.
Este acuerdo recoge, por primera vez en un tratado internacional, el objetivo de mantener el incremento de la temperatura media global por debajo de los 2ºC respecto a los niveles preindustriales (objetivo de los 2ºC), referencia clave de la ciencia, y de hacer esfuerzos para tratar de limitar el calentamiento global a 1,5ºC.
Como grandes novedades del Acuerdo, cabe señalar:
El Acuerdo de París cuenta con tres grandes objetivos a largo plazo, recogidos en su artículo 2:
Cada 5 años, todos los países deben comunicar y mantener Contribuciones Nacionalmente Determinadas (Nationally Determined Contributions o NDC, por sus siglas en inglés) o planes de lucha contra el cambio climático que deben incluir objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. Además, todos los países deben poner en marcha políticas y medidas nacionales para alcanzar dichos objetivos.
Como su propio nombre indica, las Contribuciones Nacionalmente Determinadas son las aportaciones que van a hacer los países a la lucha contra el cambio climático. Estas NDC son prerrogativa de los propios países que son los que van a plantear su contribución para hacer frente al cambio climático, en función de sus capacidades y sus circunstancias nacionales.
El Acuerdo de París reconoce la importancia de ir incrementando la ambición de los compromisos con objetivos cada vez más ambiciosos, es decir, cada 5 años los compromisos de los países serán cada vez mayores y siempre deben reflejar la máxima ambición posible.
Asimismo, el Acuerdo reconoce la importancia de los ecosistemas como sumideros de carbono, en particular, los bosques, que se incluyen explícitamente en el Acuerdo, y reconoce la posibilidad de utilizar mecanismos de mercado para cumplir con los objetivos que se marquen los países, si éstos así lo deciden en sus NDC.
El Acuerdo de París incluye un ciclo de revisión o mecanismo de ambición (balance global o global stocktake) que establece que, cada 5 años (comenzando en 2023), es necesario hacer un balance colectivo del estado de la implementación del Acuerdo, incluyendo el progreso respecto a sus tres objetivos a largo plazo. Este balance global debe informar a los países a la hora de presentar las siguientes rondas de Contribuciones Determinadas Nacionalmente (que se deben revisar al alza cada cinco años).
El vínculo que se ha logrado entre el balance global y la presentación de las sucesivas rondas de planes de lucha contra el cambio climático o NDCs permite que el Acuerdo de París sea lo suficientemente dinámico como para ser duradero en el tiempo y garantizar un aumento de ambición progresivo.
En este análisis del estado de situación se deberán considerar todos los elementos del Acuerdo: compromisos de reducción de emisiones, el estado de las acciones de adaptación y la movilización de recursos financieros y de los medios de implementación.
El Acuerdo de París pone en valor la importancia de adaptarse a los efectos adversos del cambio climático, estableciendo un objetivo mundial cualitativo que consiste en aumentar la capacidad de adaptación, fortalecer la resiliencia y reducir la vulnerabilidad, en un contexto en el que todos los países se están enfrentando a los impactos derivados del incremento de la temperatura global.
Se fortalece el marco de cooperación global, de forma que los países en desarrollo más vulnerables puedan afrontar mejor las pérdidas y daños asociados a estos impactos. Esto supone un reconocimiento de las necesidades específicas que tienen los países más vulnerables y que vienen demandando desde hace años en el proceso de negociación.
El Acuerdo de París sienta las bases para una transformación hacia modelos de desarrollo bajos en emisiones y resilientes al clima. Para ello, se cuenta con un importante paquete financiero que ayudará a la implementación del Acuerdo, en particular, en los países menos desarrollados y pequeños estados insulares, y que deberá construirse sobre la base del objetivo de los países desarrollados de movilizar 100.000 millones de dólares anuales, a partir de 2020, a través de distintas fuentes. Este objetivo se revisará al alza antes de 2025.
Los países desarrollados apoyarán a los países en desarrollo con financiación climática (transferencia de recursos para financiar actuaciones de lucha contra el cambio climático) pero, por primera vez, se anima también a los países en desarrollo a que proporcionen financiación de manera voluntaria.
En la COP21 de París, también se creó un Comité para el fortalecimiento de capacidades (Comité de París para el Fortalecimiento de Capacidades) cuya finalidad es detectar lagunas y necesidades en países en desarrollo en esta materia y mejorar la coherencia y la coordinación en sus actividades.
El Acuerdo de París establece, por primera vez, un marco de transparencia (sistema de presentación de información y revisión de calidad la misma) común para todos los países. Este marco cubre la información sobre emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero y sobre el apoyo (financiación, tecnología, etc.), tanto proporcionado como recibido por todos los países, así como información sobre necesidades de apoyo de los países en desarrollo.
El objetivo de este marco es proporcionar un entendimiento claro de las acciones de cambio climático y garantizar así que todos los países lleven a cabo aquello a lo que se han comprometido. Este marco se construye sobre el sistema ya existente en la CMNUCC mejorándose.
Se establece un proceso de revisión de la información presentada por los países que servirá para identificar áreas de mejora. El marco contará con flexibilidades para aquellos países en desarrollo que las necesiten.
Este marco de transparencia juega un papel clave en el ciclo de revisión/mecanismo de ambición del Acuerdo, ya que proporciona información sobre la evolución en materia de mitigación y apoyo, que contribuirá al balance del estado de la implementación del Acuerdo.
El Acuerdo de París es jurídicamente vinculante para los Estados Parte que lo ratifiquen. En él se establece la obligatoriedad de presentar y mantener objetivos de reducción de emisiones determinados a nivel nacional. El cumplimiento de dichos objetivos queda garantizado mediante el mecanismo de revisión de los compromisos de cada país y mediante el mecanismo para facilitar el cumplimiento. Este último está formado por un Comité destinado a facilitar la aplicación y promover el cumplimiento de todas las cláusulas previstas en el Acuerdo por todos los países. Este Comité tiene naturaleza facilitadora, no contenciosa y tampoco sancionadora.
El Acuerdo de París entró en vigor el 4 de noviembre de 2016, una vez que, el 5 de octubre de 2016, más de 55 Partes, que representan más del 55% de las emisiones globales, habían ratificado el Acuerdo. España depositó ante Naciones Unidas el instrumento de ratificación del Acuerdo de París el 12 de enero de 2017.
El Acuerdo de París es un punto de no retorno histórico de movilización gubernamental sin precedentes, como ponen de manifiesto las NDC presentadas, que cubren alrededor del 99% de las emisiones de todas las Partes de la Convención.
Asimismo, el Acuerdo ha creado las bases para promover acciones no gubernamentales a gran escala a través de la Agenda de Acción Global, que ha demostrado la gran movilización que existe de ciudades, regiones, organizaciones no gubernamentales, sector privado y sociedad civil para hacer frente al cambio climático.
Dentro de esta Agenda de Acción Global destaca el trabajo de los Paladines de Alto Nivel o High Level Champions , nominados por la Presidencia entrante de la COP y la Presidencia saliente, cuyo trabajo es la movilización de actores no estatales en la lucha contra el cambio climático a través de una serie de iniciativas. De estas iniciativas cabe destacar: