Los Neumáticos fuera de uso (NFU) son aquellos neumáticos que se han convertido en residuos, es decir, que su poseedor haya desechado o tenga la intención u obligación de desechar.
La gestión de este tipo de residuo, por sus características y por el volumen que se genera anualmente, se regula por el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de los neumáticos fuera de uso, cuyos objetivos fundamentales se centran en prevenir su generación, establecer el régimen jurídico de su producción y gestión, así como fomentar, por este orden, su reducción, reutilización, reciclado y otras formas de valorización, todo ello para proteger el medio ambiente y avanzar hacia una economía circular.
El real decreto establece las obligaciones de los agentes económicos que intervienen en el ciclo de vida del neumático, empezando por el productor de neumáticos, al que se le aplica la responsabilidad ampliada del productor del producto y se exige el cumplimiento de los objetivos de gestión contenidos en el PEMAR, siguiendo por el generador de neumáticos fuera de uso, y terminando por el gestor de neumáticos fuera de uso que lleva a cabo su valorización y culmina los procesos que dan lugar al desarrollo de la economía circular en este sector.
Con la perspectiva de la amplia experiencia adquirida en el funcionamiento de los diferentes procesos regulados en dicha norma, se ha procedido a la mejora de su contenido y a la corrección de aquellas cuestiones que se han considerado imprescindibles para mejorar los resultados de la política de gestión de estos residuos.
Para ello, se procedió a la aprobación del Real Decreto 731/2020, de 4 de agosto, por el que modifica el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso, que contiene diferentes medidas encaminadas a mejorar la eficacia y los resultados del sistema de gestión: