Resumen
Antecedentes
Esta Orden modifica a la Orden TED/1358/2021, de 1 de diciembre, por la que establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación.
A partir de la aprobación de la orden TED/1358/2021, se han publicado diversas convocatorias de ayudas en los años 2022, 2023 y 2024. Mediante estos procedimientos, se han recibido solicitudes de ayuda para más de 3.000 proyectos y se han concedido subvenciones para más de 600 proyectos.
Objetivos de la norma
Esta orden busca modificar la Orden TED/1358/2021 de bases del programa de financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación.
El objeto de este programa de ayudas es la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial, que desde una dimensión económica, social, medioambiental y de género propicien la reactivación social y económica de zonas con problemas de despoblación y revaloricen el espacio rural. Las ayudas se dirigen en sus distintas modalidades a entidades locales, empresas y asociaciones sin ánimo de lucro.
Esta orden pretende modificar las bases actuales con el fin de dotarlas de mayor claridad en sus términos y de nuevos elementos de flexibilidad.
- Antecedentes de la norma (Breve referencia a los antecedentes normativos).
- Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma.
- Necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Objetivos de la norma.
- Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.
Problemas que se pretenden solucionar
La experiencia acumulada por la gestión de las subvenciones convocadas durante los tres últimos ejercicios y la experiencia aportada en la gestión y seguimiento de los proyectos subvencionados, aconseja una revisión de las bases reguladoras, con el fin de facilitar la gestión de las mismas e introducir elementos de flexibilidad. En esta orden se abordan, entre otras, las siguientes mejoras: mayor claridad en la posible ubicación de los proyectos a financiar y en las características que deben reunir los solicitantes de las ayudas; mayor flexibilidad en la consideración de costes subvencionables y mayor claridad en la limitación de importes máximos para cada tipo de coste; mayor precisión en el procedimiento a seguir durante la instrucción del expediente; mejoras en el procedimiento de valoración de los proyectos; introducción de mayor flexibilidad en el régimen de subcontratación para entidades locales; e inclusión de un anexo más ajustado con tipologías orientativas de proyectos e indicadores para cada una de ellas.
La orden también determina que el órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será la Subdirección General de Análisis, Planificación y Ayudas contra la Despoblación, de acuerdo al Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Necesidad y oportunidad de su aprobación
Resulta deseable contar con estas mejoras antes de las convocatorias de subvenciones a publicar en el año 2025.
Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Esta orden de bases cumple con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y con el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En tanto se pretende modificar una Orden Ministerial, se requiere una norma de igual rango para su modificación.
Trámite de audiencia e información pública
La documentación sometida a audiencia e información pública es la siguiente:
Proyecto de Orden TED/XXXX/2025, por la que se modifica la Orden TED/1358/2021, de 1 de diciembre, por la que establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación.
Plazo de remisión
Plazo para presentar documentación desde el lunes, 03 de marzo de 2025 hasta el viernes, 21 de marzo de 2025
Presentación de alegaciones
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: bzn-rdparticipacion@miteco.es
Deberán indicar las siguientes cuestiones:
- Asunto: "Modificación bases ayudas proyectos innovadores".
- Nombre y apellidos / denominación o razón social del participante
- DNI / CIF
- Organización o asociación (si corresponde)
- Contacto (correo electrónico)
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo junto al DNI o CIF en función de la personalidad física o jurídica).
Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.