BIOCIDAS

  • ¿QUÉ ES UN BIOCIDA?

    Los biocidas son sustancias o mezclas que están compuestas por, o generan, una o más sustancias activas (incluidos los microorganismos) cuyo objetivo es destruir, contrarrestar, neutralizar, impedir la acción o ejercer un control de otro tipo sobre cualquier organismo nocivo por cualquier medio que no sea una mera acción física o mecánica. Un artículo tratado que tenga una función biocida primaria se considerará un biocida.

    Los biocidas están divididos en  22 tipos de productos basados en su uso, que se clasifican en cuatro grandes grupos:

    • GRUPO 1: Desinfectantes. 
    • GRUPO 2: Conservantes. 
    • GRUPO 3: Plaguicidas. 
    • GRUPO 4: Otros biocidas.

    (En el anexo V del Reglamento (UE) nº 528/2012 figura una lista exhaustiva de los tipos de producto y una descripción de cada uno de ellos). 

    Mientras que cada Estado miembro autoriza de manera separada la comercialización de los productos biocidas dentro de sus fronteras, las sustancias activas biocidas se aprueban a nivel comunitario. Pero, tanto la aprobación de una sustancia activa para su uso como biocida, como la autorización y puesta en el mercado de los productos biocidas, están condicionadas a una evaluación previa de los riesgos para la salud y el medio ambiente derivados de su utilización como biocidas. Los reglamentos de ejecución de la Comisión europea de aprobación de sustancias activas y las decisiones de ejecución de la Comisión de no inclusión de sustancias activas se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    La lista con las sustancias activas aprobadas puede consultarse en la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA). Las empresas que deseen obtener una autorización para un biocida pueden consultar esta lista para identificar sustancias activas para su uso en productos biocidas y artículos tratados. De acuerdo con el artículo 16 del Reglamento (CE) nº 1451/2007, los informes de evaluación de las sustancias activas se hacen públicos por medios electrónicos, a excepción de la información que debe ser tratada como confidencial.

     

  • AUTORIZACIÓN Y REGISTRO

    Los productos biocidas sólo podrán comercializarse y utilizarse en el territorio nacional si han sido previamente autorizados e inscritos en el Registro Oficial de Biocidas. El procedimiento y los requisitos se pueden consultar en la página web de Salud ambiental y laboral del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

  • EVALUACIÓN DE BIOCIDAS

    Para proceder a las autorizaciones, los Estados Miembros previamente realizan una evaluación de las sustancias activas biocidas y los productos que las contienen.

    Los documentos de orientación para la evaluación de los expedientes de las sustancias activas y los procedimientos a seguir están disponibles en la página de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA).

    Asimismo en dicha página se encuentran los documentos sobre los escenarios de emisión a seguir para evaluar cada tipo de producto: 

  • LEGISLACIÓN

    Los biocidas se encuentran regulados a nivel Europeo por el Reglamento (UE) nº 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas. El texto entró en vigor el 1 de septiembre de 2013, con un periodo de transición para determinadas disposiciones. La Directiva 98/8/CE relativa a la comercialización de biocidas quedó derogada.
    • Reglamento (UE) nº 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas.
    • Registro Oficial de Biocidas de la D.G. de Salud Pública y Sanidad Exterior del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
    • Legislación del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.