FITOSANITARIOS

  • Los productos fitosanitarios son mezclas químicas que contienen una o varias sustancias activas y otros ingredientes, y cuyo objetivo es proteger los vegetales y sus productos de organismos nocivos. También se consideran productos fitosanitarios a las sustancias que destruyen las plantas, regulan o inhiben la germinación. Los productos fitosanitarios contribuyen a aumentar los rendimientos en la agricultura y ayudan a asegurar una buena calidad en los alimentos. Pero al mismo tiempo, su utilización puede tener efectos desfavorables en la producción vegetal y también puede entrañar riesgos para los seres humanos, animales y el medio ambiente, lo que representa un coste demasiado alto para la sociedad.

    Debido a ello, fue necesario elaborar un marco regulador a nivel europeo que contempla, entre otras normas, la Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se establece el marco de la actuación comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas (transpuesta en parte a nuestra legislación) y el Reglamento (CE) nº 1107/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009 relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo.

    El objetivo del Reglamento es garantizar un alto grado de protección de la salud humana, animal y del medio ambiente, a la vez que salvaguardar la competitividad de la agricultura comunitaria. Establece el procedimiento y los requisitos para la aprobación comunitaria de sustancias activas, protectoras y sinergistas, fijando unos  criterios de corte sanitarios y medioambientales para poder ser aprobadas. Contempla, además, el procedimiento para la autorización nacional de comercialización y uso de los productos fitosanitarios, estableciéndose por primera vez el concepto de evaluación zonal.

    El estatus de las sustancias activas, en cuanto a su aprobación o no aprobación, las normas jurídicas que sustentan las decisiones de aprobación, el informe de evaluación de la EFSA y la clasificación y etiquetado de estas sustancias se pueden consultar en la base de datos de pesticidas

    Para poder comercializar y usar los productos fitosanitarios es necesario una autorización que conlleva realizar una estricta evaluación de riesgos, según el Reglamento (CE) nº 1107/2009. Todos los países miembros de la Unión Europea aplican los mismos procedimientos de evaluación y autorización para poder poner los productos fitosanitarios en el mercado. Las sustancias activas se autorizan a nivel comunitario mientras que los productos fitosanitarios que contienen estas sustancias activas, necesitan autorización a nivel de los estados miembros.

    También existen normas comunitarias que definen los límites máximos de residuos (LMR) de plaguicidas en alimentos y piensos, como en el Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de febrero de 2005 relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal y que modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo.

  • AUTORIZACIÓN Y REGISTRO

    Para que un producto fitosanitario pueda comercializarse y utilizarse en territorio nacional debe estar autorizado previamente e inscrito en el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria. 

  • LEGISLACIÓN

    Comunitaria

    - Reglamento (CE) nº 1107/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios.

    Directiva 2009/128/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el marco de la actuación comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas.

    - Reglamento (UE) nº 544/2011 de la Comisión, por el que se aplica el Reglamento (CE) nº 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos sobre datos aplicables a las sustancias activas.

    - Reglamento (UE) nº 284/2013, de la Comisión, que establece los requisitos sobre datos aplicables a los productos fitosanitarios, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios.  

    Reglamento (UE) nº 546/2011 de la Comisión, por el que se aplica el Reglamento (CE) nº 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los principios uniformes para la evaluación y autorización de los productos fitosanitarios.

    Reglamento (UE) nº 547/2011 de la Comisión, de 8 de junio de 2011 , por el que se aplica el Reglamento (CE) nº  1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los requisitos de etiquetado de los productos fitosanitarios.

    - Reglamento (CE) nº 396/2005, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y pienso de origen vegetal o animal.

    Nacional

    - Legislación básica española y sus modificaciones

    Real Decreto 971/2014, por el que se regula el procedimiento de evaluación de productos fitosanitarios.