El 1 de octubre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, la Orden TED/934/2022, de 23 de septiembre, por la que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas por concurrencia competitiva para la elaboración de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua, y la primera convocatoria de subvenciones.
Esta primera convocatoria de subvenciones de proyectos de mejora del ciclo urbano, se enmarca en el desarrollo de las actuaciones del PERTE de digitalización del ciclo del agua y de la Componente 5 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, centrándose en el ciclo urbano del agua, apoyándose en la mejora de la digitalización de las infraestructuras hidráulicas a nivel municipal y el desarrollo de actuaciones de mejora complementarias, tanto para mejorar el funcionamiento de las infraestructuras de abastecimiento y distribución de agua y de tratamiento de aguas residuales, como para mejorar el cumplimiento de los criterios de eficiencia energética y de mejora de la eficiencia y reducción de las pérdidas de agua en los sistemas de distribución de agua.
Se trata de la primera convocatoria de ayudas para el impulso a la digitalización de los usuarios del agua, que lanza el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico en desarrollo de los programas de ayudas previstos en la línea de actuación 3 del PERTE de Digitalización del Ciclo del Agua, y va destinada a municipios y agrupaciones de municipios que den servicio a más de 20.000 habitantes.
Los solicitantes de las ayudas son las administraciones competentes en la gestión del agua (servicios de abastecimiento, saneamiento y depuración), los operadores públicos y privados, de estos servicios bien en gestión directa o indirecta, así como Diputaciones, cabildos o Consejos insulares.
Se financiarán proyectos de 3 a 10 millones de euros, hasta un total de 200 millones de euros de presupuesto.
Los proyectos subvencionables deberán incluir uno o varios términos municipales, de forma que, de manera individual o conjunta, se atienda como mínimo a una población de derecho no inferior a 20.000 habitantes de forma permanente o estacional en casos excepcionales debidamente justificados.
Se contemplan tres tipos de actuaciones:
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El periodo de ejecución de las actuaciones subvencionadas estará comprendido entre 1 de febrero de 2020 y el 31 de diciembre de 2025. Así, las actuaciones a financiar deben ser lo suficientemente maduras y solventes técnica y financieramente como para que puedan estar efectivamente implantadas y en funcionamiento antes del 31 de diciembre de 2025. El objetivo es lograr un efecto transformador en las ciudades y en la economía en su conjunto con la mayor prontitud posible.
Con fecha 28 de septiembre de 2023, se publica la primera resolución del PERTE de digitalización del ciclo de agua para la mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua con una ayuda de 200 millones de euros.
Se financiarán 30 proyectos por valor de 200 millones de euros que beneficiarán a 1.676 municipios de 16 Comunidades Autónomas y casi 15 millones de habitantes.
A través de los siguientes enlaces se puede acceder a la información de algunos de los proyectos subvencionados:
Atendiendo a las numerosas solicitudes de información por parte de los interesados sobre la primera convocatoria de ayudas tras la publicación de la resolución provisional, se publica en esta página web una nota informativa que incluye la lista de solicitudes desestimadas, indicando el motivo y la puntuación, en caso de haber sido evaluada. Además, en esta misma nota informativa se indica que el Ministerio convocará, al menos, una jornada para informar de los aspectos importantes a considerar para elaborar las solicitudes , así como las deficiencias más comunes y otros aspectos técnicos que pudieran ayudar a mejorar las propuestas a presentar en la segunda convocatoria.
De acuerdo con el artículo 10.4 de la Orden de bases reguladoras y convocatoria, se publican las Memorias resumen divulgativas recibidas durante la fase de presentación de solicitudes.
NOTA1: Las Memorias resumen no recibidas durante la solicitud se publicarán una vez sean subsanadas y recibidas.
NOTA2: Estas Memorias resumen sólo tienen carácter divulgativo. Los posibles errores contenidos en las mismas no son evaluables por el órgano instructor al no ser este un documento evaluable en la instrucción del procedimiento.